BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 21/11/18

San Salvador de Jujuy, 16 de Junio del año 2014. REF. EXPTE. Nº B-157705/06, caratulado “Prescripción Adquisitiva: Martínez de Lerma, Adriana C/ Martínez, Nicolás Dionisio y Otros” I -Asistiendo razón a lo manifestado por la Dra. Carmen Del Huerto David a fs. 218, revocase por contrario imperio el I párrafo de la providencia de fecha 22 de Octubre del año 2013 (fs. 214) teniendo por cumplido la intimación que le fuera efectuada y por actualizado el Plano de mensura obrante a fs. 191 de autos. II – Asimismo, a fin de continuar con el tramite de los presentes y previo a correr TRASLADO  de demanda, atento lo informado en el informe socio-ambiental obrante a fs. 133 de autos citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, Sres. Liliana de Caliva López, P. Alzogaray, Feliz Alavarez, Paula Zorrilla de Gutiérrez y Alberto Cortez para que tome conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pidan participación como demandado, dentro del termino de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. III- Citase y emplazase a quienes se consideran con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón B-147, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 8, Parcela 11, Matricula B-8281 ubicado en la Ciudad de El Carmen, de titularidad registral de los Sres. Anastacio Alberto Cortez, Nicolás Dionicio Martínez y José Gabino Martínez  a fin de que tome conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del termino de quince días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos.- Notifíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días. IV- Asimismo ordenase la exhibición de los edictos ordenados precedentemente, en la Municipalidad de El Carmen y trasmítanse lo mismos mediante radiodifusión local durante 30 (treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Lay 5486 modificatoria del C.P.C. V- Actuando en autos el principio en el art. 50 del C.P.C .imponese a las partes interesadas la carga de confeccionar las diligencias y los edictos ordenados para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en secretaria de esta Sala. VI- Notifique por cedula. VI- Notifíquese por cedula.- Fdo. Noemí Adela Demattei de Alcoba-Vocal-por ante mí: Dra. Agustina González Fascio – Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 15 de noviembre de 2017.-

 

14/16/21 NOV. LIQ. Nº 14924 $ 775,00.-