BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 16/11/18
Dra. Alejandra María Luz Caballero, Presidente de Tramite de la Cámara en lo civil y Comercial, Sala III, Vocalía N° 8 a cargo de la Dra. Liliana E. Chorolque, en el Expte Nº C-037805/14, caratulado “Prescripción Adquisitiva: GUTIERREZ, ANGELICA c/ MARTINEZ ANASTACIA”, hace saber a la Sra. ANASTACIA MARTINEZ, que se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 26 de junio de 2018. 1. Atento lo manifestado por el Dr. Miguel Ángel Puch (h) a fs. 150 y lo informado por secretaria, al pedido de decaimiento formulado a fs. 127, ha lugar. En su merito, hácese efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 105 de autos y en consecuencia, téngase por contestada la demanda por ANASTACIA MARTINEZ en los términos del art. 298 del C. P.C. Notifíqueselo de este proveído en el domicilio real denunciado y de los sucesivos por Ministerio de la Ley (art. 52 del C.P.C). Designase al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes en su representación, INTIMANDOLO para que en el término de cinco días de su notificación, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado. 2. Notifíquese (art. 155 y 156 del C.P.C) Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero-Pte. de trámite, ante mi Dra. Liliana E. Chorolque- Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local, tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 02 de Julio de 2018.-
12/14/16 NOV. LIQ. Nº 15982 $465,00.-