BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 30/11/09

DECRETO Nº 4241-S.-

EXP. Nº 0714-594/08.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2009.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Téngase por otorgada la Licencia Sin Goce de Haberes, a favor del Dr. DANIEL EDUARDO MARTINEZ, CUIL Nº 20-11664813-0, Categoría C, Agrupamiento Profesional, Ley 4418, en la U. de O.: 2-02-02, Hospital “Pablo Soria”, con retroactividad al 1º de Junio de 2.008 y por el término de dos (2) años, de conformidad a lo expresado en el exordio.

ARTICULO 2º.- Téngase por designado en carácter de reemplazante al Dr. PABLO GUSTAVO PEROVIC, DNI Nº 16.446.137, CUIL Nº 20-16446137-9, en el cargo Categoría A, Agrupamiento Profesional, Ley 4418, en la U. de O.: R 2-02-02, Hospital “Pablo Soria”, con retroactividad al 1º de Junio de 2.008 y mientras dure la Licencia de su titular, de conformidad a lo expresado en el exordio.

 

WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR