BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 25/11/09

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 16-7401-2009-1. –

DECRETO N° 2630.09.007. –

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 OCT. 2009.-                                     

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°. Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 5224/2008,  sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 13/08, celebrada el día 20 de Mayo del año 2009, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 45° de la Ordenanza N° 3898/03 – Código Tributario Municipal y a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal Artículo 104° en vigencia se exime del pago de la Tasa por Servicio Urbano de Limpieza de la Vía Pública por el periodo 2006, a las personas Jubiladas y Pensionadas de escasos recursos económicos, debidamente acreditadas sus condiciones como tales por los inmuebles de su propiedad, cuya nómina, datos, y cuota se detallan en el Artículo 1° del presente Proyecto de Ordenanza.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente

25 NOV. S/C.-