BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 11/11/09

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE  N° 16 –149 – 2009 – 1.-                                                                                                           

DECRETO N° 0961.09.007.-   

SAN SALVADOR DE JUJUY,  03 JUN. 2009.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°. Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 5.429/2008,  sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 04/08, realizada el día 30 de Diciembre del año 2008, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 43° Inc. 28) y 104° de la Carta Orgánica Municipal, se exime del pago del Canón por Publicidad y Propaganda que mantiene pendiente de pago a la ASOCIACIÓN CIVIL “AUGUSTA GRAN FRATERNIDAD UNIVERSAL –CENTRO CULTURAL ARMONIA “, por el período 13 de Junio y hasta el 31 de Diciembre de 2008, por tratarse la citada de una Entidad Civil que no persigue fines de lucro, destacando que su accionar encuadra en las previsiones de los Artículos 40° y 41° de la Ordenanza N° 3898/2003 “Código Tributario Municipal” en vigencia.

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente

11 NOV. S/C.-