BOLETÍN OFICIAL Nº 87 – 05/08/16

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5939/16.-

“DÍA PROVINCIAL DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LOS MEDIOS DE COMUNICACION”

ARTICULO 1º.- Institúyase el 11 de Marzo de cada año como “Día Provincial de la Lucha contra la Violencia de Género en los Medios de Comunicación”, en consonancia con lo establecido por la Ley Nacional Nº 27.176.-

ARTICULO 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial, a  través del organismo competente, desarrollará actividades de capacitación, difusión, prevención y concientización que promuevan la reflexión crítica sobre la Violencia de Género en los Medios de Comunicación.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de Julio de 2016.-

 

Cont. Púb. José M. Montiel

Secretario Administrativo

a/c Secretaría Parlamentaria

Legislatura de Jujuy

 

C.P.N. Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-387/2016.-

CORRESP. A LEY Nº 5939/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 JUL. 2016.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Salud, Ministerio de Desarrollo Humano, Ministerio de Educación, Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento, Oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR