BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 30/10/09

DECRETO Nº 7446 -G.-

EXP. Nº 400-773707.      

SAN SALVADOR DE JUJUY 05 MAR 2007

VISTO y CONSIDERANDO:

El Decreto Acuerdo Nº 7445-G-07 y  las facultades conferidas en los Artículos 5º y 43º de la Ley 5200 “Orgánica del Poder Ejecutivo” y Artículo 137º, incs. 3º y 24º de la Constitución de la Provincia;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-  Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente como a continuación de indica:

TRANSFIERESE DE:

JURISDICCION:  “N” – MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

U DE O. :          SECRETARIA DE EDUCACION

JURISDICCION:  “ A  ” – MINISTERIO DE EDUCACION

U DE O. :          SECRETARIA DE EDUCACION

ARTICULO 2º.-  Modifícase  la Planta de Personal de la Jurisdicción: “    ”   MINISTERIO DE EDUCACION como a continuación se indica:

SUPRIMASE:

JURISDICCION: MINISTERIO DE EDUCACION

U DE O. : SECRETARIA DE EDUCACION

Cargo              Nº de Cargos

Secretaria de Educación                       1

TOTAL                               

CREASE:

JURISDICCION:

Cargo             Nº de Cargos

Ministro de Educación                           1

TOTAL                               

ARTÍCULO 3º.-  Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 2º del presente Decreto, encomiéndese al MINISTERIO DE EDUCACIÓN la reelaboración de su estructura orgánica-funcional y la determinación de las misiones y funciones de los organismos de su dependencia .

ARTÍCULO 4º.-  Autorízase a Contaduría de la Provincia a efectuar las transferencias de partidas y créditos que resulten del mismo.

ARTÍCULO 5º.-  Déjase sin efecto toda normativa que se oponga a las disposiciones del presente ordenamiento.

ARTÍCULO 6º.-  Las disposiciones del presente ordenamiento rigen a partir de la fecha del mismo.

ARTÍCULO 7º.-  El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno y Justicia y de Hacienda.

ARTÍCULO 8º.-  Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas,  comuníquese; publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y, pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal y Ministerio de Educación para su conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.

 

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

 GOBERNADOR