BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 30/10/09
EXP. Nº 400-773707.
SAN SALVADOR DE JUJUY 05 MAR 2007
VISTO y CONSIDERANDO:
El Decreto Acuerdo Nº 7445-G-07 y las facultades conferidas en los Artículos 5º y 43º de la Ley 5200 “Orgánica del Poder Ejecutivo” y Artículo 137º, incs. 3º y 24º de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente como a continuación de indica:
TRANSFIERESE DE:
JURISDICCION: “N” – MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
U DE O. : SECRETARIA DE EDUCACION
JURISDICCION: “ A ” – MINISTERIO DE EDUCACION
U DE O. : SECRETARIA DE EDUCACION
ARTICULO 2º.- Modifícase la Planta de Personal de la Jurisdicción: “ ” MINISTERIO DE EDUCACION como a continuación se indica:
SUPRIMASE:
JURISDICCION: MINISTERIO DE EDUCACION
U DE O. : SECRETARIA DE EDUCACION
Cargo Nº de Cargos
Secretaria de Educación 1
TOTAL 1
CREASE:
JURISDICCION:
Cargo Nº de Cargos
Ministro de Educación 1
TOTAL 1
ARTÍCULO 3º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 2º del presente Decreto, encomiéndese al MINISTERIO DE EDUCACIÓN la reelaboración de su estructura orgánica-funcional y la determinación de las misiones y funciones de los organismos de su dependencia .
ARTÍCULO 4º.- Autorízase a Contaduría de la Provincia a efectuar las transferencias de partidas y créditos que resulten del mismo.
ARTÍCULO 5º.- Déjase sin efecto toda normativa que se oponga a las disposiciones del presente ordenamiento.
ARTÍCULO 6º.- Las disposiciones del presente ordenamiento rigen a partir de la fecha del mismo.
ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno y Justicia y de Hacienda.
ARTÍCULO 8º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese; publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y, pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal y Ministerio de Educación para su conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR