BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 31/10/18
Dr. Carlos Marcelo Cosentini – Juez de la Vocalía Nº7, de la Sala IIIra. de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº C-106327/2018, caratulado: “Incidente de Ejecución de Convenio en Expte. Principal C-056754/2015: SADAIC y Paola Virginia Giménez-Leonardi Cattolica C.Venencia Hugo Federico”, hace saber al Sr. Hugo Federico Venencia, el siguiente PROVEIDO: San Salvador de Jujuy, 04 de Septiembre DE 2018.- 1): Proveyendo lo solicitado a fs. 39, atento constancias de autos, notifíquese por EDICTO al Sr. Hugo Federico Venencia, la providencia de fs. 15.- 2):….-3): Notifíquese (Art. 155 del C.P.C.)…..-Decreto de fs.15 “San Salvador de Jujuy, 22 de Febrero de 2.018.- 1): Por presentada la Dra. Paola Virginia Gimenez Leonardi Cattolica, por propio derecho y en nombre y representación de S.A.D.A.I.C. (SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES Y COMPOSITORES DE MUSICA), a mérito del instrumento que adjunta a fs.2/5 vta. y por constituido domicilio legal.- 2): Téngase por deducido el incidente de ejecución de convenio homologado. Líbrese mandamiento de intimación y pago en contra del SR. HUGO FEDERICO VENENCIA por la suma de pesos cuarenta y tres mil quinientos ($43.500) por Capital y pesos ocho mil setecientos ($8.700) en concepto de Honorarios, con más la suma de pesos diez mil cuatrocientos cuarenta ($10.440) por acrecidas. Y cíteselo de REMATE para que en el plazo de cinco dias oponga excepciones legítimas, si la tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Por el mismo término, intímaselos a constituir domicilio legal dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art 52 del C.P.C.- 3): En defecto de pago se procederá a trabar EMBARGO sobre el bien inmueble individualizado como Matrícula A-72098, Circ.1, Sec.1, Parcela 1177, Padrón A-93809, Dpto. Manuel Belgrano siempre y cuando sea de propiedad del demandado SR. Hugo Federico Venencia, hasta cubrir las sumas antes mencionadas.- 4): Notifíquese (Art.155 del C.P.C.). Líbrese mandamiento….- Fdo. Dr. Carlos Marcelo Cosentini-Juez- Ante Mí: Dra. Claudia Cuevas Secretaria”.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 17 de Octubre de 2018.-
29/31 OCT. 05 NOV. LIQ. Nº 15787 $465,00.-