BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 29/10/18

Dr. Juan Calderón-Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, en el Expte. D-009419/15, Caratulado: Ejecutivo: “Valeria Zulma Bruno c/ Gloria Noemí Ríos”, procede a notificar a la Sra. Gloria Noemí Ríos de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 21 de Noviembre de 2017.-Autos y Vistos…Resulta…Y…Considerando… Resuelvo.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra el demandado Gloria Noemí Ríos, y hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado de pesos quince mil ($15.000) con más sus intereses legales computándose a tal efecto la tasa de interés activa promedio que fija mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales. II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada vencida (art.102 del CPC). III.- Diferir regulación de honorarios profesionales conforme considerandos.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado respecto a la constitución del domicilio legal (art.52 CPC). V.- Notificar al demandado mediante Edictos, agregar copias en autos, protocolizar.-Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez-Por Habilitación-Ante mi Dra. Mariana Valeria Palavecino – Prosecretaria Técnica Administrativa-San Pedro de Jujuy, 21 de Noviembre de 2017. Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario Local.-

 

29/31 OCT. 05 NOV. LIQ. Nº 15424-15450-15581 $465,00.-