BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 26/10/18
Dr. Jorge Daniela Alsina-Juez- de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial, en el “EXPEDIENTE Nº C-045352/2015: Prescripción: Mealla de Mealla, Ana María c/ Álvarez, José María o Manuel y Quienes se creyeren con derecho sobre El Inmueble: Padrón 1190, Lote S//Nº, Circunscripción 2, Sección 1, Parcela S/Nº (MAIMARA)”, hace saber la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 05 de Junio de 2015.- I …..; II.- ….., III.- Previo a correr TRASLADO de la presente demanda dese cumplimiento con lo que se dispone a continuación.-IV.-Citase a la Municipalidad De Maimará y al Estado Provincial, en los términos del artículo 534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. V.- Asimismo citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida Jorge Calvetti, Guillermo Maurin y Juana Liquitay para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. VI.- Citase y emplácese a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón 1190, Lote S/Nº, Cir. 2, Sec. 1, Parcela S//N, ubicado en la playa, localidad de Maimará de titularidad registral de José María Álvarez a fin de que tome conocimiento del presente juicio y se considerare afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de Quince Días hábiles de notificado, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días. VII.- Asimismo ordénese la exhibición de los Edictos ordenados precedentemente en la Municipalidad de Maimará y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 (Treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C.- VIII.-….; IX.-…; X.- Se hace saber mediante Edictos debiendo publicarse en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- XII…. Dr. Jorge Daniel Alsina, Ante Mí: Ana Lía Lorente. Secretaria.-
26/29/31 OCT. LIQ. Nº 15788-15792 $465,00.-