BOLETÍN OFICIAL Nº 89 – 10/08/16
EXPTE Nº 0300-519-2011.-
SAN SAVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º.-Otórgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACIÓN CIVIL DE INSTALADORES ELECTRICOS DE JUJUY”, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y cinco (35) Artículos, y corre agregado de fs. 05 a 08 de autos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR