BOLETÍN OFICIAL Nº 89 – 10/08/16
EXPTE. Nº 713-48/2015-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAYO/2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Dispónese el pago de los haberes adeudados correspondientes a los meses de junio y julio de 2013, proporcional del Sueldo Anual Complementario por igual período y de las Licencias Anuales Ordinarias no usufructuadas durante los ejercicios 2011 (treinta y cinco-35 días), 2012 ( treinta y cinco-35 días) y proporcionales al periodo 2013 (dieciocho-18 días), por el entonces agente Enrique Gregorio Benicio Sánchez, DNI Nº 18.447.125, quien pertenecía a la planta permanente del Centro Sanitario “Dr. Carlos A. Alvarado”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2º.-El pago autorizado deberá efectivizarse mediante deposito en el Banco Macro S.A., Sucursal Tribunales, a la orden del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7-Secretaria Nº 14, como perteneciente al Expte. Nº C-016689/13 caratulado; “Sucesorio Enrique Gregorio Benicio Sánchez”, conforme surge de fs. 01 de autos.-
ARTICULO 3º.-Lo dispuesto en el artículo precedente se imputara a la partida prevista en el Presupuesto vigente. Ejercicio 2.016-Ley 5877, que a continuación se indica:
EJERCICIO ANTERIORES: (Periodo no consolidado): Deuda Publica Provincial partida 03-10-15-01-26 partida para el pago de Obligaciones no Comprendidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos, del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidaciones, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Publico a sus efectos.-
ARTICULO 4º.-El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR