BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 26/10/18
Juzgado De Primera Instancia En Lo Civil Y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-070057/16, caratulado: Prepara Vía -Ejecutivo: “Tarjeta Cuyanas S.A. C/ Rivero Esteban Nicolas”, se hace saber al demandado Sr. Rivero Esteban Nicolás, la siguiente Sentencia: Salvador de Jujuy, 02 de Octubre de 2018.- Autos Y Vistos:…Considerando:…Resuelve: I.- Tener por presentado al Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en representación del demandado ausente Sr. Rivero Esteban Nicolás, a mérito de las facultades conferida a fs.82.- En consecuencia mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por TARJETA CUYANAS S.A. en contra de Rivero Esteban Nicolás, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos: treinta y tres mil seiscientos ochenta y nueve con 39/100 – ($33.689,39), con más las costas del juicio y el interés a la tasa activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de documentos, desde la mora y hasta el efectivo pago, mas un interés punitorio del 50% de la ordenada precedentemente.- II.- Imponer las costas a la vencida – Art.102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios del Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, en la suma de $5.000.-, por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengara intereses conforme tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, Cfr. S.T.J. LA. N’ 54 N’ 235 inre (“Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y Otros”), toda vez que la regulación esta vigente a la fecha de la presente y con mas IVA si correspondiera.- IV.- Notificar la presente resolución a la accionada en la Persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.- V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal – Juez – Ante mí: Dra. Sandra Monica Torres – Secretaria Por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días- se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaria. Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres- San Salvador De Jujuy, 02 de Octubre de2018.-
24/26/29 OCT. LIQ. Nº 15733 $465,00.-