BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 12/08/16

Expte. Nº C-067170/2016: Las Piedras S.R.L.- Modificación Contrato Social: Cumplimentan-Solicitan: Señor Juez de Comercio: Horacio Antonio Macedo y Horacio José Macedo Moresi, por nuestros propios derechos y como únicos integrantes de la Razón Social LAS PIEDRAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, nos presentamos y decimos: 1.- Que venimos a cumplimentar con lo solicitado a fs. 14 de autos: a) Domicilio social: Declaramos bajo Fe de juramento que el domicilio social de la S.R.L. que integramos funciona efectivamente en Avenida José Humberto Martiarena 245 de esta Ciudad, en el inmueble de propiedad de uno de los socios Dr. Horacio Antonio Macedo, que es asiento a su vez del Estudio Jurídico que ambos socios integran. Se acompaña Copia de cédula Parcelaria correspondiente al citado inmueble, copia de dos servicios correspondientes al mismo inmueble que también acreditan la titularidad del mismo corresponde a Horacio Antonio Macedo D.N.I. N° 10.473.744. b) Lugar físico de realización de actividades: Conforme el objeto social de la SRL declaramos bajo Fe de Juramento que las actividades en cumplimiento de su objeto social, se cumplen físicamente en el inmueble individualizado como Padrón B-520 Matrícula B-8263 cuyo dominio se encuentra escriturado a Nombre de Horacio Antonio Macedo y Horacio José Macedo Moresi tal surge de la cédula parcelaria que se acompaña. Que si bien se trata de una parte indivisa, a la fecha se encuentra firme y consentida la sentencia de división de condominio, restando a los fines de su inscripción registral, la aprobación del plano de división de condominio correspondiente.- Dicho inmueble, regularizada que sea su inscripción a nombre de los socios, será transferido como integración y aumento de capital a la Razón Social LAS PIEDRAS S.R.L. Se acompaña copia de la sentencia de división de condominio. c) Correo Electrónico de la SRL: macedoham@hotmail.com. d) Declaración Jurada ordenada por la Unidad de Información Financiera UIF-Resolución N° 11/2011. Declaramos bajo Fe de Juramento, que conocemos la resolución N° 11/2011 dictada por la UIF, como que no nos encontramos comprendidos en el articulo primero de la misma por no ser personas en la actualidad políticamente expuestas.- Tenerlo presente y Proveer de Conformidad Será Justicia.

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 5 de Agosto de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

 

12 AGO. LIQ. Nº 123893 $100,00.-