BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 12/08/16

Modificación Contrato Social de la Razón Social.- Las Piedras Sociedad de Responsabilidad Limitada.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los 10 días del mes de junio del año dos mil dieciséis, se reúnen en el domicilio de Avenida José Humberto Martiarena 245 de esta ciudad, Domicilio Legal de la Razón Social Las Piedras Sociedad de Responsabilidad Limitada los señores Horacio José Macedo Moresi, DNI 27.110.753 argentino, casado con Carolina Módena, con domicilio en Finca Las Pircas El Carmen y Horacio Antonio Macedo D.N.I. 10.473.744, argentino, casado Patricia María Moresi, con domicilio real en Avenida Senador Pérez N° 225-Piso 10 ambos de esta Provincia, quienes siendo hábiles para contratar convienen lo siguiente: Primero: Que los antes nombrados procedieron a constituir la Razón Social LAS PIEDRAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con fecha 31 de marzo del 2014 la que fue inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy con fecha 16 de mayo de 2014 al Folio 126-Acta 126 del Libro V de S.R.L. y bajo Asiento N° 25-Folio 224/228 del Legajo XIX-Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. Segundo: Que, de conformidad con lo establecido por la cláusula novena del Contrato constitutivo y encontrándose presentes los titulares del total del Capital social, como únicos miembros de la Sociedad de Responsabilidad Limitada por unanimidad acuerdan: -Modificar la cláusula segunda del Contrato Constitutivo de la Razón Social Las Piedras S.R.L., ampliando el objeto social mediante la incorporación del inciso siguiente: “3) La generación, ejecución, comercialización de desarrollos inmobiliarios y de multimedia propios o de terceros”. -Todo lo demás contenido en el Contrato Constitutivo mantiene su actual redacción.- Tercero: En consecuencia en virtud de la modificación realizada el texto completo de la Cláusula Segunda del Contrato social, queda redactado en delante de la siguiente manera: Segunda: Objeto Social: La Sociedad tiene por objeto social dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros dentro y fuera del país a las siguientes actividades: 1) La explotación de establecimientos agropecuarios en general y a toda clase de cultivos de cualquier naturaleza y bajo cualquier forma jurídica y/o la cría, reproducción y explotación de hacienda de cualquier especie, incluidos ganado vacuno, bovino, porcino, ovino, caprino, equino, y aves de cualquier tipo.- 2) La explotación y comercialización de bosques, montes, forestaciones y reforestaciones de tierras 3) La generación, ejecución, comercialización de desarrollos inmobiliarios y de multimedia propios o de terceros. A los fines del cumplimiento de objeto social, la Sociedad está facultada para contraer empréstitos, emitir y librar pagarés, letras de cambio, bonos, debentures, obligaciones negociables, certificados de deuda de todo otro tipo de contratos financieros, pudiendo garantizar el cumplimiento de sus obligaciones mediante hipoteca, prenda u otro medio de garantía.- Cuarto: Ambos socios de común acuerdo autorizan por este acto al Dr. Horacio Antonio Macedo y/o al Dr. Horacio José Macedo Moresi para que en forma indistinta realicen los trámites de inscripción de la modificación dispuestas en el Registro Público de Comercio y todos los trámites y diligencias necesarias a tales fines.- De plena conformidad, se firman para los presentes cuatro ejemplares en original de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha precedentemente referenciados.- ESC. SUSANA DANIELA DI PIETRO, TIT. REG. Nº 7, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 5 de Agosto de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

 

12 AGO. LIQ. Nº 123893 $130,00.-