BOLETÍN OFICIAL Nº 118 – 22/10/18

DECRETO Nº 6293-A/2018.-

EXPTE Nº 1104-20-2018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 MAR. 2018.-

VISTO:

La Ley N° 6049 de “Creación del Área de Desarrollo Sostenible de Los Diques”; y,

CONSIDERANDO:

Que, resulta necesario adecuar la estructura orgánica funcional del área a la nueva normativa ajustada a políticas públicas fijadas por el gobierno provincial en materia ambiental y de desarrollo turístico, asignándole además las misiones y funciones a su cargo.-

Por ello, en uso de atribuciones propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Apruébase la estructura orgánico funcional de la AGENCIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE creada por la ley N° 6049, que como Anexo I forma parte integrante del presente ordenamiento.‑

ARTICULO 2°.- Apruébase las misiones y funciones del PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE y del COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN CONTABLE, consignadas en el Anexo II, que forma parte integrante del presente Decreto.-

ARTICULO 3°.-Como consecuencia de lo dispuesto precedentemente, créase el Cargo de Presidente de la Agencia de Desarrollo Sostenible, conforme se indica seguidamente:

SUPRIMASE (Intendencia de los Diques)

CARGOS                                                                                                  Nº DE CARGOS

Intendente de los Diques                                                                                             1

Coordinador de Administración Contable                                                              1

TOTAL                                                                                                                             2

CREASE:

  1. de O.: AGENCIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE

CARGOS                                                                                                  Nº DE CARGOS

PRESIDENTE                                                                                                                 1

COORDINADOR DE ADMINISTRADOR CONTABLE                                 1

TOTAL                                                                                                                             2

ARTÍCULO 4°.- El Presidente de la Agencia de Desarrollo Sostenible percibirá una remuneración mensual equivalente a la de Secretario del Poder Ejecutivo.-

ARTICULO 5°.- El Coordinador de Administración Contable percibirá una remuneración mensual equivalente al cargo de Sub Director del Poder Ejecutivo.‑

ARTICULO 6°.- Créase el Comité Consultivo con carácter Ad-Honorem que se integrara por un (1) representante de cada Ministerio del Poder Ejecutivo, y un (1) representante de las Municipalidades de El Carmen, Monterrico, San Salvador de Jujuy y de la Comisión Municipal de San Antonio, quienes solo tendrán intervención en los planes que involucren a sus jurisdicciones.-

ARTICULO 7°.- La dependencia orgánica funcional de la Agencia de Desarrollo Sostenible será en la órbita de Gobernación, y su vinculación con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Ambiente.-

ARTICULO 8°.-Todos los actos jurídicos cumplidos con anterioridad a la vigencia del presente Decreto por parte de la Intendencia de los Diques, Los Alisos y Catamontaña, serán considerados válidos y realizados por la Agencia de Desarrollo Sostenible.‑

ARTICULO 9°.-Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las transferencias y refuerzos de créditos presupuestarios que resulten necesarios para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente.-

ARTICULO 10°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Ambiente y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 11°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión.- Cumplido, siga sucesivamente al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección Provincial de Presupuesto4ontaduría de la Provincia,” Dirección Provincial de Personal, Agencia de Desarrollo Sostenible para conocimiento y notificación de las Municipalidades. Cumplido, vuelva al Ministerio de Ambiente a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR

 

ANEXO I

 

PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE
   
COMITÉ CONSULTIVO

(Ad-Honorem)

  COORDINACIÓN ADMINISTRACIÓN CONTABLE    
         
        Asesoría Legal Técnica

 

ANEXO II

DEL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE

MISION:

Desarrollar los mecanismos necesarios para impulsar la planificación estratégica del eco desarrollo en la zona de los diques, promover y facilitar la realización de estudios, de programas estratégicos y de planes maestros acorde a las prioridades y objetivos de la provincia.‑

Es el órgano de contralor por excelencia de los proyectos cuya vinculación o impacto se desplieguen en el Área de Desarrollo Sostenible.-

En general tomar todas las decisiones y adoptar medidas que tiendan a la realización de las actividades que correspondan al cumplimiento de la Ley de Desarrollo Sostenible de los Diques N° 6049.‑

FUNCIONES:

Órgano de contralor por excelencia.-

  1. Proponer y elaborar acciones tendientes a proteger y mantener los valores ecológicos, culturales, estéticos, turísticos y educativos de la zona de los diques.‑
  2. proponer y ejecutar políticas de desarrollo y fortalecimiento turístico, agrícola, ganadera y cualquier otra actividad humana en el área de los diques, siempre con respeto al medio natural.‑
  3. Aplicar los planes maestros, con especial énfasis en el agua, suelo y espacio aéreo.‑
  4. Velar y cuidar la zonificación prevista en la ley N° 6049, para el área de los diques.‑
  5. Elevar todos los proyectos ante el Poder Ejecutivo Provincial para su toma de conocimiento.‑
  6. Realizar y fortalecer acuerdos institucionales tendientes a desarrollas programas de recuperación ambiental y a programas de infraestructura verde.‑
  7. Proponer y ejecutar políticas de asesoramiento y aplicación de técnicas vinculadas con el aprovechamiento de los recursos Biológicos, Genéticos y Naturales.‑
  8. Elaborar planes conjuntamente con la Coordinación Técnica de Planificación Eco Ambiental, de desarrollo para el cultivo, crianza y venta del pejerrey.-
  9. Instrumentar los medios físicos y económicos para capacitación del personal de la Agencia de Desarrollo Sostenible como elemento de revalorización del área.‑
  • Solicitar el personal que estime necesario y conveniente de la administración pública para el efectivo desarrollo de las funciones.‑
  • Gestionar ante organismos Nacionales e Internacionales la obtención de recursos destinados al cumplimento de la ley.‑
  • Percibir y administrar los recursos consignados en su artículo 23 de la Ley 6049.‑
  1. cumplir todos los objetivos de la ley en su artículo 4 de la Ley 6049.-
  2. Llamar al Comité Técnico Ad Honorem las veces que crea oportuno para dictamen de competencia a fin de crear panoramas técnicos y profesionales para la toma de decisión en cada caso concreto.‑
  3. En general, la adopción de las medidas de realización de todas las actividades que correspondan al cumplimiento de los fines de su competencia.‑

 

DE LA COORDINACION DE ADMINISTRACION CONTABLE

MISION

La Coordinación de Administración Contable, tiene como misión fundamental, asistir a la Agencia de Desarrollo Sostenible y a todas sus dependencias no solo en los procesos de gestión de recursos humanos y económicos, sino también en lo ambiental, colaborando constantemente con la Agencia fin de que la misma pueda cumplir con lo establecido en la Ley y con cada uno de sus objetivos.‑

FUNCIONES

  1. Coordinar, controlar y asistir en las contrataciones y/o compras que sean necesarias para el funcionamiento efectivo y eficiente de la Agencia de Desarrollo Sostenible y de todas sus dependencias.‑
  2. Coordinar, controlar y asistir ante los órganos de la nación, el monitoreo de la ejecución y control financiero y contable de programas nacionales.‑
  3. Coordinar, controlar y asistir ante órganos de control de la provincia en lo atinente a la presentación de las rendiciones por la ejecución presupuestaria e informes correspondientes.‑
  4. Controlar y asistir la modalidad de contrataciones para la adquisición de materiales, suministros, maquinaria y equipos, así como la de servicios para los dependientes que así lo requieran.‑
  5. Controlar y asistir en procesos establecidos en la constitución provincial y la ley para la compra y venta de inmuebles en la zona de los diques.‑
  6. Intervenir en el análisis de las ofertar presentadas y en las pre adjudicaciones a los efectos de predeterminar‑
  7. Coordinar y controlar la administración, contratación y desarrollo de Recursos Humanos y de Servicios Generales.‑
  8. Controlar la elaboración y presentación de los inventarios de bienes patrimoniales.‑
  9. Coordinar, controlar y asistir en el uso eficiente de los recursos financieros según partida y fondos disponibles.‑
  10. Coordinar la ejecución de las políticas de desarrollo y fortalecimiento de los valores culturales, sistemas turísticos, agrícolas, ganaderos y fomentar la tradición en el eco desarrollo.‑
  11. Gestionar las medidas necesarias para el cobro de cánones, tazas ambientales, multas y demás cobros autorizados directamente por el poder ejecutivo.‑
  12. En general la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan a la competencia financiera.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR