BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 19/10/18
EXPTE Nº 500-378-2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAR. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese, a partir del 1° de marzo de 2018, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, las siguientes medidas a favor del personal de la Administración Pública Provincial centralizada comprendido en el Escalafón General Ley N° 3.161, personal del ex I.P.P.S., profesionales comprendidos en las Leyes N° 4.413 y N° 4.135, personal de organismos descentralizados y autárquicos, personal del Tribunal de Cuentas, de los Poderes Legislativo y Judicial:
a) Un incremento del CINCO POR CIENTO (5%) de carácter Remunerativo Bonificable, que se calcula considerando los conceptos remunerativos bonificables.
b) Un incremento del CINCO POR CIENTO (5%) sobre:
b.1. EI Adicional Remunerativo Bonificable previsto en el Decreto-Acuerdo N° 6362-H‑06.
b.2. El Adicional Remunerativo No Bonificable.
b.3. El Adicional creado por Decreto-Acuerdo N° 4371-H-09.
b.4. El Suplemento otorgado por Ley N° 4.795.
ARTICULO 2°.- Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR