BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 17/10/18
“2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA”
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 6089
ARTÍCULO 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio de Cancelación de Deudas Recíprocas y Anexos I y II celebrado entre el Estado Nacional y la Provincia de Jujuy el día 06 de Agosto de 2018, refrendado por Decreto Nº 7458-HF-18 de fecha 28 de Agosto de 2018.-
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de Octubre de 2018.-
Dr. Nicolás Martín Snopek
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
C.P.N. Carlos G. Haquim
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-
EXPTE. Nº 200-664/18.-
CORRESP. A LEY Nº 6089.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 OCT. 2018.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR