BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 12/10/18
EXPTE Nº 715-465/11.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 MAYO 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ley N° 6001, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION: “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERESE
DE:
U. de O.: R1 Ministerio de Salud
Categoría Nº de cargos
A (j-2) 1
agrup. profesional
Ley 4418
Total 1
A:
U. de O.: R2-02-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”
Categoría Nº de cargos
A (j-2) 1
agrup. profesional
Ley 4418
Total 1
ARTICULO 2°.- Téngase por designada a la Dra. CLAUDIA MARIELA GARZON, CUIL 27-26241995-4, en el cargo categoría A (j-2), agrupamiento profesional, Ley N° 4418, en la U. de O. R 2-02-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, con retroactividad al 10 de abril de 2.012, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con las partidas Presupuestarias, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2017:
Con la respectiva partida de “gastos en personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R2-02-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no Consolidado)
Deuda Pública Provincial 3-10-15-01-26: Para “pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a las Oficina de Crédito Pública a sus demás efectos.‑
ARTICULO 4°.- Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las transferencias de créditos presupuestarios que resulten necesarios a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.‑
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR