BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 12/10/18

Dr. Juan Pablo Calderón- Juez Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial No.1- Secretaría Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° C-029154/2014: caratulado: Prepara vía Ejecutiva: BANCO HIPOTECARIO S.A. c/ LESCHKE HORST AXEL, notifica lo siguiente: Resolución de fs. 27: “San Salvador de Jujuy 12 de marzo del 2015.- I- El informe actuarial que antecede; téngase presente, en consecuencia y atento constancias de autos téngase por expedita la vía ejecutiva, proveyendo a la presentación de fs. 51 y atento a lo previsto por los Arts.472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de Leschke Horst Axel DNI. Nº 31.036.342 en el domicilio denunciado por la suma de Pesos Dieciocho Mil Cuatrocientos Treinta y Cuatro C/52/100 ($18.595,24) en concepto de capital y con más la suma de Pesos Cinco Mil Quinientos Treinta C/35/100 ($5.530,35) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago Trábese Embargo sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de cinco días en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- II- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- III- Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Ítem.- IV- Para el cumplimiento de lo ordenado líbrese mandamiento al Oficial de Justicia con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario.- V- Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- VI- Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Fdo.- Dr. Juan Pablo Calderón-Juez-Dra. Silvina Rodríguez- Prosecretaria.- “Resolución de fs. 45: “S. S. de Jujuy 12 de octubre de 2016.- I.- El informe actuarial que antecede, téngase presente.- Proveyendo a la presentación de fs. 44, atento a lo informado por la Policía de la Provincia a fs. 35 vta., Secretaría Electoral fs. 39, por el Oficial de Justicia a fs. 30 y por ANSES a fs. 42 notifíquese al demandado Sr. LESCHKE HORST AXEL DNI. Nº 31.036.342 por medio de Edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 474 del C.P.C.- Para el caso que el demandado Sr. LESCHKE HORST AXEL DNI. Nº 31.036.342 no se presente a hacer valer sus derechos, se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobre y Ausentes que por turno corresponda (Art. 474 in fine del C.P.C.).- III.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- IV.- Fdo.- Dr. Juan Pablo Calderón -Juez- Dra. Amelia de Valle Farfán- Prosecretaria”.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia de Jujuy por tres veces en cinco días.- Secretaria N° 1, Dra. Amelia del Valle Farfán-Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 10 de Octubre de 2017.-

 

08/10/12 OCT. LIQ. 15593 $775,00.-