BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 10/10/18

DECRETO Nº 6356-HF/2018.-

EXPTE Nº 500-433-2018.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAR. 2018.-

VISTO:

Las Leyes N° 4.441, N° 4.307 y N° 6.046 y;

CONSIDERANDO:

Que, las Leyes N°4.307 y N° 6.046 autorizan al Poder Ejecutivo a establecer la política salarial del Sector Público Provincial;

Que, la Ley N° 4.441 establece el régimen de “Asignaciones Familiares” que se aplica a los agentes del Estado Provincial;

Que, se ha dispuesto modificar los tramos de remuneración bruta para el pago de las asignaciones familiares e importes de las mismas;

Por ello, y en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 137° de la Constitución Provincial,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Fíjanse, a partir del 1° de Marzo de 2.018, los nuevos importes de las Asignaciones Familiares y los tramos de la remuneración bruta conforme surge del Anexo del presente.-

ARTICULO 2°.- A los fines dispuestos en el artículo 1° deberá considerarse en la Remuneración Mensual Bruta todas sumas que percibe el agente, cualquiera sea la causa o naturaleza y con independencia del origen de los recursos.-

ARTICULO 3°.- La erogación establecida en el presente ordenamiento se imputará a la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-

ARTICULO 4°.- Encomiéndese a la Unidad de Control Previsional las gestiones que, en materia previsional fueran menester realizar ante la Administración Nacional de Seguridad Social para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y para toda cuestión relacionada a la materia.-

ARTICULO 5°.- Invítase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-

ARTICULO 6°.- El presente será refrendado por los Sres. Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.-

ARTICULO 7°.- Previa registro, pase a toma de razón por Fiscalía de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese- en forma integral en el Boletín Oficial-, pase a la Unidad de Control Previsional, Policía de la Provincia, Dirección General del Servicio Penitenciario, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Hacienda y Finanzas y Dirección de Trámites y Archivos a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR

 

ANEXO

ASIGNACIÓN FAMILIAR POR HIJO

MARZO 2.018

 

CONCEPTO
ASIGNACIÓN
REMUNERACION BRUTA
TRAMO 1 TRAMO II TRAMO III TRAMO IV TRAMO V
Hasta 13.540,00 De 13.540,01

a 17.712,00

De 17.712,01

a 21.630,00

De 21.630,01

a 30.657,00

Superior

a 30.657,00

Prenatal $1.046,00 $ 693,62 $ 390,09 $ 270,00 $ 203,00
Hijo $1.046,00 $ 693,62 $ 390,09 $ 270,00 $ 203,00
Tenencia/Tutela $1.046,00 $ 693,62 $ 390,09 $ 270,00 $ 203,00
Menor a Cargo $1.046,00 $ 693,62 $ 390,09 $ 270,00 $ 203,00
   
Hijo, Menor o
Familiar a cargo
discapacitado
$ 4.184,00

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR