BOLETÍN OFICIAL Nº 113 – 08/10/18
EXPTE Nº 771-0034/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2018.-
VISTO:
Las presentes actuaciones, por las que tramita la aprobación del Convenio N° 2375 celebrado entre la Secretaria Nacional de Niñez Adolescencia y Familia y el Ministerio de Desarrollo Humano, para la implementación del Proyecto “La experiencia Cuenta” en el marco del Programa Nacional de Educación, Cultura y Comunicación Comunitarias de Personas Mayores, suscripto en fecha 22 de Noviembre de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que, el Convenio precedentemente mencionado tiene como objeto contribuir en la recuperación de los oficios tradicionales y/o artesanales, rescatando los saberes y experiencias de los adultos mayores, trasmitiéndolas a jóvenes y personas de mediana edad, quienes incorporaran nuevas herramientas de trabajo;
Que, el Convenio se desarrollara en la Localidades de Maimara, Tumbaya y Tilcara con una ejecución de Cinco (5) Meses, para lo Cual; la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, realizara un desembolso de Pesos Ciento Dos Mil Quinientos ($102.500), en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a Rendición de Cuentas;
Que, a fs. 1, la Lic. Ana Cristina Rodríguez, Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, solicita la aprobación y autorización del Convenio;
Que, obra Convenio N° 2375 suscripto el 22 de Noviembre de 2016, Anexo I (Ficha Resumen Proyecto- Año 2016), Instructivo para Rendición Cuentas, Formulario “Declaración Jurada sobre Aplicación de Fondos are Organismos Gubernamentales” y Formularle Relación de Comprobantes para Organismos Gubernamentales” (Fs. 03/13);
Que, conforme las disposiciones de la Ley N° 5875, Art. 27 inc. 20, corresponde a este Ministerio de Desarrollo Humano prevenir, contener y asistir a la población en situación de emergencia social y/o contingencias, cuya criticidad o urgencia requieran de una intervención social inmediata, garantizando el ejercicio pleno de sus derechos, y el Articulo 12 Inc. 11) establece la facultad de “intervenir en la celebración de convenios, o contratos en las materias de la competencia y con sujeción a las disposiciones constitucionales y legales”, asimismo, el inc. 1 establece “Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes y los actos dictados en su consecuencia”;
Que, Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano emite dictamen de competencia, el cual es compartido por el Departamento de Asuntos Jurídicos de Fiscalía de Estado, de cuyos términos se desprende que resulta procedente emitir el presente Acto Administrativo (Fs. 14/15 y Fs. 16);
Que el Articulo 3 inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Jujuy, establece que la Provincia podrá celebrar tratados y convenios con el Gobierno federal, otras Provincias o Entes de Derecho Público o Privado que favorezcan intereses recíprocos o contribuya a su progreso económico y social, por lo que la celebración del presente acuerdo se ha realizado en consonancia con lo allí dispuesto.
Por ello, en uso de las Facultades que le son propias y a los fines de su regularización administrativa.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por aprobado el Convenio Nº 2375 y su Anexo I suscripto entre Secretaria Nacional de Niñez Adolescencia y Familia y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy; para la implementación del Proyecto “La experiencia Cuenta” en el marco del Programa Nacional de Educación, Cultura y Comunicación Comunitaria de Personas Mayores, suscripto en fecha 22 de Noviembre de 2016, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 2°.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Articulo precedente.‑
ARTICULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial, pase al Ministerio de Desarrollo Humano -Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, a sus efectos. Cumplido, archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR