BOLETÍN OFICIAL Nº 113 – 08/10/18

DECRETO Nº 4223-DH/2017.-

EXPTE Nº 769-0273/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2017.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio de Cooperación N° 380 y los Anexos N° I y II, celebrado en el marco del Programa Nacional “Centro de Adolescentes” (CEA) para la implementación de un Proyecto denominado “Fortaleciendo y Promocionando Nuestros Derechos”, entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representado por su titular, Lic. Enrique Castelli y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representada por su titular, Lic. Ada Cesilia Galfre; y

CONSIDERANDO:

Que, el mencionado Convenio, tiene como objeto promover el protagonismo de los adolescentes a partir de la iniciativa, creación, planificación y ejecución de un proyecto colectivo que implique la construcción de espacios participativos en los que se desarrollen actitudes culturales, recreativas, solidarias, deportivas y científicas de interés de los adolescentes en el marco de sus comunidad;

Que, el objeto apuntado precedentemente se compadece con las competencias acordadas a los organismos intervinientes por la normativa aplicable a la materia;

Que, a efectos de financiar la ejecución del mencionado Convenio, la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia se compromete a transferir al Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia de Jujuy la suma de Peses Dos Millones Un Mil Trescientos Noventa y Nueve con Sesenta Centavos ($2.001.399,60), en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas;

Que, en las cláusulas que conforman el Convenio se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias, a las que se someten las partes intervinientes;

Que, a fs. 2/8 obra original del Convenio N° 380 y los Anexos I y II, suscripto en fecha 25 de Abril de 2017;

Que; a fs. 9/10 Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano emite dictamen de competencia, compartido a fs. 13 in fine por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;

Que, el Art. 3 Inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Jujuy establece que la Provincia podrá celebrar tratados y Convenios con el Gobierno Federal; otras Provincias o Entes de Derecho Publico o Privado que favorezcan intereses recíprocos o que contribuyan a su progreso económico y social, por lo que la celebración del presente acuerdo se ha realizado en Consonancia con lo allí dispuesto;

Por ello, en usos de las facultades que le son propias y a los fines de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por aprobado el Convenio N° 380, y los Anexos N° I y II, suscripto en fecha 25 de Abril de 2017, entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representado por su titular, Lic. Enrique Castelli y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Jujuy, representada por su titular, Lic. Ada Cesilia Galfre; de conformidad a lo manifestado en el exordio.‑

ARTICULO 2.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio, que se aprueba por el Artículo 1°.‑

ARTICULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas, Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia y Legislatura de la Provincia de Jujuy para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial, remítase al Ministerio de Desarrollo Humano a sus efectos. Cumplido, archívese.­-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR