BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 03/10/18

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 14, en el Expte. Nº C-027657/14, caratulado: Ejecutivo: “Miguel Alejandro Rodríguez c/ Daniel Adolfo Garnica”, se hace saber al demandado Sr. Daniel Adolfo Garnica, la siguiente Sentencia: San Salvador de Jujuy, 10 de Mayo de 2.018.- Autos y Vistos:…Considerando:…Resuelve: I.- Tener por presentado al Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, en representación del demandado ausente Sr. Daniel Adolfo Garnica, a mérito de las facultades conferida a fs. 43.- En consecuencia mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por Miguel Alejandro Rodríguez, en contra de Daniel Adolfo Garnica, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos: treinta y un mil cien -($31.100), con más las costas del juicio y el interés a la TASA ACTIVA que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de documentos, desde la mora 08/Julio/2014 y hasta el efectivo pago. II.- Regular los honorarios del Dr. Omar Alfonso Cabrera, en la suma de $5.000.-, por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengara intereses conforme TASA ACTIVA cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina, Cfr. S.T.J. LA. Nº 54 Nº 235 inre (“Zamudio, Silvia Zulema c/Achi Yolanda y Otros”), toda vez que la regulación esta vigente a la fecha de la presente y con más IVA si correspondiera.- III.- Notificar la presente resolución a la accionada en la Persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos. IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante mi: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria Por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín oficial (Arts. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaria.- Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres.- San Salvador de Jujuy, 10 de Mayo de 2.018.-

01/03/05 OCT. LIQ. Nº 15461 $465,00.-