BOLETÍN OFICIAL Nº 91 – 14/08/09
EXPTE. Nº 0300-344-2009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 AGO. 2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otórgase Personería Jurídica a favor de la FUNDACIÓN “PERTENENCIA JUJEÑA PARA EL DESARROLLO” con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Veintiún (21) Artículos, y corre agregado de Fs. 04 a 10 de autos.
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
Gobernador