BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 12/08/09
EXP. Nº 1056-2755/03.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ABR. 2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Aplíquese la sanción de CESANTIA al Sr. JULIÁN MARIO LÓPEZ, D.N.I. Nº 12.236.478, Preceptor de la Escuela de Comercio Nº 2 “Conquista del Desierto” de Palpalá, por trasgresión a la normativa del Artículo 82º en concordancia con el Articulo 66º incisos d) y g) y Artículo 86º y concordantes de la Ley Nº 3520/78 y Artículo 100º inciso 23 en concordancia con el Articulo 173º inciso 1 de la Ley Nº 3161/74, por las razones expresadas en el exordio.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR