BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 28/09/18

MODIFICACION DE CONTRATO SOCIAL DE “CRECIENDO CON VOS S.R.L.”. CESION DE CUOTAS SOCIALES.-  En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, a los doce días del mes de Abril del año dos mil dieciocho, entre el señor Gareca Mario, Documento Nacional de Identidad Número 25.780.625, argentino, casado, de 40 años de edad, de profesión comerciante, con domicilio en Avda. San Antonio, Mzna. 381, Lote 28 S/N, Barrio Eva Perón, de la ciudad de Libertador General San Martín, departamento Ledesma, de la provincia de Jujuy; y la señora Tirado María Luisa, Documento Nacional de Identidad Número F5.987.443, argentina, casada, de 59 años de edad, de profesión comerciante, con domicilio en calle Estados Unidos N° 427, del Barrio Mariano Moreno, de esta ciudad y provincia; concurriendo el primero  en el carácter de socio de la sociedad “CRECIENDO CON VOS SRL”,  a mérito del  siguiente instrumento: a) Contrato constitutivo de fecha 05 de Noviembre de 2.015; que se encuentran inscriptos en el Registro Público de Comercio de la Provincia al folio 126, acta 126, del Libro VI de S.R.L. con fecha 21 de Marzo de 2.018; y Registrados con copia, bajo asiento 8, al folio 140/151, al Legajo XXIII – Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 21de Marzo de 2.018; y dicen:- PRIMERO: El Señor Gareca Mario vende, cede y transfiere a la Señora Tirado María Luisa la cantidad de ciento cincuenta (150) cuotas sociales de valor nominal pesos un mil (V.N. $1.000,-) cada una, que le corresponde, en el precio pactado de común acuerdo, siendo éste de pesos ciento setenta mil ($170.000,-), que recibe en dinero en efectivo en este acto, sirviendo el presente de suficiente recibo de pago.- SEGUNDO: La Señora Tirado María Luisa, en su carácter de adquirente, acepta ésta cesión agregando que declaran conocer y aceptar la documentación social de la que surge la exacta situación económica –financiera –patrimonial de la sociedad a la fecha del presente contrato, aclarando que hasta la fecha conocen todos y cada uno de los actos de comercio realizados por la sociedad, como así también el contrato social constitutivo. Quedando en consecuencia el Sr. Gareca Mario subrogado en todos sus derechos y obligaciones por la actual compradora, y a su vez totalmente desvinculado de la sociedad.- TERCERO: El sellado del presente contrato será abonado por la parte compradora en su totalidad (100%).- CUARTO: A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Código Civil y Comercial, artículo N° 470 y ccs., presta el debido asentimiento conyugal la Sra. Gutierrez Noemi Ester, DNI N° 23.307.674, en su carácter de cónyuge del Sr. Gareca Mario.- QUINTO: A efectos de dar cumplimiento a normas vigentes para la inscripción en el Registro Público de Comercio de la presente cesión de cuotas sociales, y en carácter de declaración jurada, se informa lo siguiente: 1.- El lugar donde funcionará el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la sociedad “CRECIENDO CON VOS SRL”, será en calle El Roble Nº 290, del Loteo Perovic del Barrio Alto Comedero, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Manuel Belgrano, de la provincia de Jujuy.- 2.- Constituyen domicilio electrónico en: turismosolnaciente@hotmail.com.- 3.- No son Personas Políticamente Expuestas, de acuerdo a la normativa vigente en la materia.- SEXTO: Los firmantes autorizan al Dr. Eduardo Rodolfo Alderete y/o al Dr. Gonzalo César De La Colina, para que actuando en forma conjunta, separada, alternada o indistinta, gestionen y soliciten la inscripción de la modificación del contrato social, ante el Registro Público de Comercio. A tal efecto, los facultan para aceptar y/o proponer las modificaciones que dicho organismo estimare procedentes, firmando todos los instrumentos públicos y privados necesarios, como así también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos. Igualmente se la faculta para interponer en su caso los recursos que la ley 19.550, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, la ley Orgánica de la Autoridad Registral y la Ley de Procedimientos Administrativos prevén, firmando también todos los escritos, y documentos que se requieran para tal fin, hasta lograr la inscripción definitiva de la modificación del contrato social.- En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha ya indicados, debiéndose registrar en el Registro Público de Comercio a los efectos que correspondan.- ACT. NOT. B 00389997 – ESC. MARIA SUSANA BLASCO – TIT. REG. Nº 66 – S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 12 de Septiembre de 2018.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO.-

28 SEPT. LIQ. Nº 15441 $230,00.-