BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 28/09/18
EXPTE Nº 715-1199/17.-
Agdo. Nº 714-1831/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 JUN. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2018 – Ley N° 6046, conforme se indica a continuación:
JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-03 Hosp. Materno Infantil “Héctor Quintana”
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
E (j-1) 1
A(J-2) 1
Agrup. Profesional
Ley N° 4135 modif. 4418
Total 2
CREASE
Categoría N° de Cargos
A (j-1) 1
A 1
Agrup. Profesional
Ley N° 4135 modif. 4418
Total 2
JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
E (j-2) 1
Agrup. Profesional
Ley N° 4135 modif. 4418
Total 1
CREASE
Categoría N° de Cargos
E (j-1) 1
Agrup. Profesional
Ley N° 4135 modif. 4418
Total 1
JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R1 Ministerio
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Ley N° 4135 modif. 4418
Total 1
CREASE
Categoría N° de Cargos
A 1
Agrup. Profesional
Ley N° 4135 modif. 4418
Total 1
ARTICULO 2°.- Dispónese que la Dirección del Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, deberá solicitar por el área pertinente, la constancia que acredite el bloqueo de título del Dr. Rodrigo Fernando Burgos Pratx, como requisito indispensable para la posesión del cargo individualizado en el artículo 3°.‑
ARTICULO 3°.- Adecuase al Dr. Rodrigo Fernando Burgos Pratx, cuil 20-24015061-2, en el cargo Categoría A(j-1), Agrupamiento Profesional, Ley N° 4135 modif. N° 4418, en la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir de la fecha del presente decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 4°.- Dispónese que la Dirección del Hospital “Pablo Soria”, deberá solicitar por el área pertinente, la constancia que acredite el bloqueo de título del Dr. Casiano Daniel Vargas, como requisito indispensable para la posesión del cargo individualizado en el artículo 5º.-
ARTICULO 5°.- Adecuase al Dr. Casiano Daniel Vargas, CUIL 20-11936050-2, en el cargo Categoría E (j-1), Agrupamiento Profesional, Ley N° 4135 modif. N° 4418, en la U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 6°.- Dejase establecido la creación de un cargo vacante Categoría A, Agrupamiento Profesional, Ley N° 4135 modif. 4418, en la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, para su posterior llamado a concurso.‑
ARTICULO 7°.- Dejase establecido la creación de un cargo vacante Categoría A, Agrupamiento Profesional, Ley N° 4135 modif. 4418, en la U. de O.: R1 Ministerio, para su posterior llamado a concurso.‑
ARTICULO 8°.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con la Partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2018
La partida de Gasto en Personal asignada en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ley 6046, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización: R1 Ministerio, Unidad de Organización: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria” y Unidad de Organización: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”.‑
ARTICULO 9°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR