BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 03/08/09

MUNICIPANIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETO N° 1508.09.008.-

Exp. Nº 16-11190-00-2009.-

San Salvador de Jujuy, 28 JUL. 2009.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°: Ad referéndum del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, otórguese a partir del 28 de Julio del año 2009 y por el término de un (01) año y/o mientras se mantenga el Estado de Emergencia para la Prestación del Servicio Público de Transporte colectivo de Pasajeros en la ciudad de San Salvador de Jujuy o hasta el Llamado a Licitación Pública del referido servicio, lo que suceda primero, favor de la Empresa “SANTA ANA S.R.L.”  UN PERMISO PRECARIO para la afectación de Cuatro (04) unidades en forma permanente (Horas Pico y Hora Valle) para la Explotación del Servicio de Transporte Colectivo de Pasajeros correspondiente a la LINEA 8 B1, que cubrirá el recorrido Barrio Cuyaya – Hospital “Dr. Pablo Soria”, que a la actualidad cuenta con servicio parcial y deficiente.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente

03 AGO. S/C.-