BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 03/08/09
EXPTE. Nº 0300-713-2005.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 MAY. 2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACION CIVIL PARA EL DESARROLLO REGIONAL”, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Cinco (35) Artículos, y corre agregado de Fs. 20 a 27 de autos.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR