BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 03/08/09
EXPTE. Nº 0300-353-2008.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 ABR. 2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a la ASOCIACION CIVIL DEL PERSONAL DE LA JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Cinco (35) Artículos, y corre agregados de Fs. 21 a 25 de autos.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR