BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 24/07/09

DECRETO -ACUERDO Nº 4286-G.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 JUL. 2009.-

VISTO:

El Decreto- Acuerdo Nº 4173-G-2009;

CONSIDERANDO:

Que por el Acto administrativo referido se otorgó licencia preventiva excepcional por QUINCE  (15) DIAS corridos, a partir del 6 de Julio del corriente año, con goce íntegro de haberes para agentes en estado de gravidez y personal inmuno comprometidos, que padezcan enfermedades oncológicas, enfermedades que le provoquen inmuno supresión, patologías cardiacas crónicas, diabetes o afecciones respiratorias;

Que asimismo por el artículo segundo del mencionado Decreto – Acuerdo se otorga el derecho a gozar de un periodo de licencia extraordinario de QUINCE DIAS corridos con goce íntegro de haberes, al agente que tuviera el cuidado de su grupo familiar, con el alcance del artículo 74 de la Ley 3161, en virtud de la enfermedad INFLUENZA A (H1N1);

Que resulta oportuno continuar adoptando los recaudos pertinentes para aquellas personas comprendidas en los grupos de mayor riesgo;

Que conforme lo expuesto, resulta necesario ampliar los plazos de las licencias excepcionales y extraordinarias establecidas en el Decreto- Acuerdo 4173-G-09;

EL VICE – GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Prorrogar el plazo de la Licencia Preventiva Excepcional dispuesta por el artículo primero del Decreto- Acuerdo Nº 4173-G-09, por el término de SIETE (7) días corridos.-

ARTICULO 2º.- Prorrogar el plazo de la Licencia Extraordinaria dispuesta por el artículo segundo del Decreto-Acuerdo Nº 4173-G-09, por el término de SIETE (7) días corridos.-

ARTICULO 3º.- Invitase al Poder Judicial y a los Municipios a adherir a las disposiciones del presente Decreto- Acuerdo mediante el instrumento legal correspondiente.-

ARTICULO 4º.- Dése cuenta a la Legislatura de la Provincia.-

ARTICULO 5º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas y Contaduría de la Provincia, comuníquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase a conocimiento de la Dirección Provincial de Personal; pase sucesivamente a los Ministerios de Hacienda, de Producción, de Infraestructura y Planificación; de Salud; de Desarrollo Social; de Educación. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia, a sus efectos.-

 

Pedro Antonio Segura López

Vice – Gobernador de la Provincia

en Ejercicio del Poder Ejecutivo