BOLETÍN OFICIAL Nº 92 – 19/08/16

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy en el EXPTE. Nº C-026650/14 caratulado: Ejecutivo: Credinea S.A c/ Alegre Elba, hace saber a la Sra. Alegre Elba el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 08 de Marzo del 2.016.- Autos y Vistos:….-Resulta:….-Considerando:….-Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Razón Social Credinea Sociedad Anónima en contra de la Sra. Elba Cristina Alegre hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Catorce Mil Ochocientos Tres con Treinta y Tres centavos ($14.803,33) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235), con más el cincuenta por ciento (50%) de dicha tasa en concepto de interés punitorio, con mas I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Analía Elizabeth Almazán en la suma Pesos Dos Mil Setenta y Dos con Cuarenta y Seis Centavos ($2.072,46), por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 2, 4, 6 y 15 de la Ley 1687/46, por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), de fecha 11/5/2011), con más I.V.A. si correspondiere.- V.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 18 en contra de la Sra. Elba Cristina Alegre mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon-Juez-Ante mi: Esc. Silvia I. Tabbia-Secretaria Habilitada.-Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días. Secretaria Habilitada: Esc. Silvia I. Tabbia.- San Salvador de Jujuy, 08 de Marzo de 2016.-

 

19/22/24 AGO. LIQ. Nº 123925 $270,00.-