BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 19/09/18

DECRETO Nº 5798-S/2017.-

EXPTE Nº 700-730/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Dispónese que en caso de ausencia o cualquier otro impedimento transitorio del Ministro de Salud, quedarán a cargo de la atención del Despacho del citado organismo, en el orden que se enuncia:

  1. El Secretario de Salud
  2. El Secretario de Coordinación General
  3. El Secretario de Salud Mental y Adicciones

ARTICULO 2°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Salud deberá remitir a la Secretaria General de la Gobernación, el acto administrativo que disponga el reemplazo del titular de esa cartera.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR