BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 19/09/18
Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 13 de la Provincia de Jujuy, hace saber a WILFREDO HECTOR VELASQUEZ, que en el Expte. Nº B-279337/12, caratulado: “Ejecutivo: CREDINEA S.A. c/ VELASQUEZ, WILFREDO HECTOR”, se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 03 de Agosto de 2018.- Autos y Vistos:…, y Considerando:…, Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CREDINEA S.A en contra de WILFREDO HECTOR VELASQUEZ hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos tres mil quinientos sesenta y seis con ochenta y dos centavos ($3.566,82), con más las costas del juicio y el interés a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa ordenada precedentemente, conforme lo considerado, desde la mora (16/06/12) y hasta su efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Ekel Meyer en la suma de de pesos mil setecientos cincuenta ($1.750,00), y al Dr. Carlos Abel Damian Aguiar en la suma de pesos mil setecientos cincuenta ($1.750,00); por la labor desarrollada en autos, suma esta que sólo en caso de mora devengará intereses conforme tasa activa que publica diariamente el B.C.R.A., conforme lo considerado, con más I.V.A. si correspondiere.- IV.-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Notificar por cédula a las partes; a C.A.P.S.A.P. y por edictos.- VI.- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez- Ante Mi Ignacio José Guesalaga-Secretario”.- Publíquese por edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 03 de Agosto de 2018.-
14/17/19 SEPT. LIQ. Nº 15135 $465,00.-