BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 17/09/18
EXPTE Nº 200-508/17.-
Agdos. Nº 700-131/17, Nº 744-122/17 y Nº 744-97/17
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Rechazase por improcedente el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi en el carácter de apoderado legal del Sr. JULIO CESAR FLORES, D.N.I. N° 21.576.853 en contra de la Resolución N° 545-S/17 emitida por el Sr. Ministro de Salud en fecha 13 de septiembre de 2017, por las razones expuestas en el exordio.‑
ARTICULO 2°.- Dejase constancia que el presente acto administrativo se emite al sólo efecto de dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 33 de la Constitución Provincial, sin que su emisión implique la reapertura de instancias fenecidas o caducas ni la reanudación de plazos procesales vencidos.‑
ARTICULO 3°.- Por aplicación del principio de eventualidad procesal, dejase opuesta en subsidio, la defensa de prescripción prevista en el Art. 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR