BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 17/09/18
EXPTE. Nº 200-302/17; Agrs. Nº 700-530/16; 700-508/16; Nº 716-2244/16 y Nº 716-746/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Rechazase por infundado el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en el carácter de apoderado legal de la Sra. NOEMI PATRICIA AGUILAR, D.N.I. N° 17.909.334, en contra de la Resolución N° 3937-S-17, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 26 de mayo de 2.017, por las razones expuestas en el exordio.‑
ARTICULO 2°.- Por aplicación del principio de eventualidad procesal, dejase opuesta en subsidio, la defensa de prescripción prevista en el Art. 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR