BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 17/09/18

Nº 335.- Escritura Trescientos Treinta y Cinco.- “EL TEJADO S.R.L.”.- Aumento de Capital Social y Reforma del Contrato Social.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la provincia de Jujuy, República Argentina, a los seis días del mes de noviembre de dos mil diecisiete, ante mí, MARIA SUSANA MACINA de CARRERA, Escribana Pública Autorizan te, Titular del Registro Notarial Treinta y Dos, Comparecen los señores: ALBERTO ENRIQUE GALLI, argentino, nacido el 5/05/1960, ingeniero, casado en primeras nupcias con Liliana Mabel García, DNI Nº 13.889.786, CUIT/CUIL 23-13889786-9, LILIANA MABEL GARCIA de GALLI, argentina, nacida el 21/04/1963, docente, DNI Nº 16.347.732, CUIT/CUIL 27-16347732-2, casada en primeras nupcias con Alberto Enrique GALLI; ESTEBAN ALBERTO GALLI, argentino, nacido el 07/11/1988, soltero, licenciado en administración de empresas, DNI Nº 33.758.161, CUIT/CUIL 20-33758161-8, MARIANA GALLI, argentina, nacida el 12/11/1989, soltera, arquitecta, DNI Nº 34.674.096, CUIT/CUIL 27-  34674096-0; MARIA SOFIA GALLI, argentina, nacida el 29/08/1993, soltera, nutricionista, DNI Nº 36.183.328, CUIT/CUIL 27-36183328-2, y SANTIAGO GALLI, argentino, nacido el 06/09/1994, soltero, estudiante, DNI Nº 36.225.933, CUTI/CUIL 23-36225933-9, todos  domiciliados en calle General Espejo Nº 1997 del barrio Alto Padilla de esta ciudad.- Afirmo conocer a los comparecientes de conformidad con el inciso b) del Art. 306 del Código Civil y Comercial de la Nación, quienes intervienen en ejercicio de sus propios derechos, haciéndolo al mismo tiempo el Ing. Alberto Enrique GALLI y Esteban Alberto GALLI en el carácter de Socios GERENTES TITULARES en nombre y representación de la sociedad denominada “EL TEJADO S.R.L.”, CUIT 30-71543802-6, con sede social en calle Belgrano Nº 864, piso 10, Dpto. 3, de esta ciudad, cuya investidura, así como la existencia legal de la sociedad que representan justifican con el Contrato Social instrumentado en la Escritura Nº 207, de fecha 07/09/2016, autorizada por mí al Folio 1057, cuyo Testimonio consta inscripto en el Registro Público de Comercio el 16-12-2016, al Folio 23, Acta Nº 23, Libro VI de S.R.L. y con copia bajo Asiento Nº 14, a los Folios 136/193, Legajo XXII – Tomo I, del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L..- Declaran los representantes legales de “EL TEJADO S.R.L.”, que lo relacionado es la única documentación que a la fecha justifica el carácter que invisten y la existencia legal de la sociedad que representan.- Los comparecientes requieren mi actuación para otorgar con esta escritura un aumento del capital social de EL TEJADO SRL y adecuar el contrato social con la reforma pertinente. A tal efecto EXPRESAN: PRIMERO: En el acto jurídico por el cual constituyeron “EL TEJADO S.R.L.”, escritura Nº 207, de fecha 07/09/2016, autorizada por mí al Folio 1057, inscripta en la forma ya relacionada supra, quedó fijado el capital social en la suma de $640.000 (pesos seiscientos cuarenta mil), representado por 640 cuotas sociales de pesos mil($1.000) de valor nominal cada una, con derecho a un voto por cada cuota, totalmente suscriptas por los socios en la siguiente proporción: a) Alberto Enrique GALLI 560 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $560.000.- b) Liliana Mabel García 40 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $40.000.- c) Esteban Alberto GALLI 10 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $10.000.- d) Mariana GALLI 10 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $10.000.- e) María Sofía GALLI 10 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $10.000, y f) Santiago GALLI 10 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $10.000.- La integración de dicho aporte ya la tienen cumplida conforme lo acordaron en el acto fundacional de la sociedad.- SEGUNDO: Siendo los comparecientes quienes reflejan la voluntad social de “EL TEJADO S.R.L.”, atento ser los únicos miembros que integran el elenco social y representan el 100% del capital social, por este acto resuelven constituirse en sesión de Reunión de Socios a fin de dejar debidamente acreditado con la presente que han aceptado deliberar, expresando su consenso unánime para dar por aprobado un AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL llevándolo de pesos seiscientos cuarenta mil ($640.000) a la suma de pesos cinco millones trescientos ochenta y un mil ($5.381.000), significando un aumento de pesos cuatro millones setecientos cuarenta y un mil ($4.741.000), representativo de 5381 cuotas sociales de pesos mil ($1.000) de valor nominal cada una, las cuales son suscriptas en su totalidad por los socios, cuya integración realizan en este acto en especie con la transferencia de los bienes raíces que se describen en la presente escritura.- TERCERO: Como consecuencia del aumento de capital aprobado, y a los efectos de dejar determinada las cuotas sociales que ahora tienen los socios, por medio del presente instrumento REFORMAN el contrato social en su cláusula cuarta, reemplazando su texto originario por el siguiente: “Capital Social. Suscripción e Integración: El capital social lo constituye la suma de $5.381.000(pesos cinco millones trescientos ochenta y un mil), representado por 5381 cuotas sociales de pesos mil ($1.000) de valor nominal cada una, con derecho a un voto por cada cuota, totalmente suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: a) Alberto Enrique GALLI suscribe 3766 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $3.766.000.- b) Liliana Mabel García suscribe 347 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea la suma de $347.000.- c) Esteban Alberto GALLI suscribe 317 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $317.000.- d) Mariana GALLI suscribe 317 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $317.000.- e) María Sofía GALLI suscribe 317 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $317.000, y f) Santiago GALLI suscribe 317 cuotas sociales de valor nominal pesos mil ($1.000) cada una, o sea un total de $ 317.000.- Cuotas Suplementarias: La sociedad podrá proceder, previa resolución de los socios adoptada por unanimidad del capital social, a la emisión, suscripción e inscripción de cuotas suplementarias del capital social, con el alcance previsto en el art. 151 de la ley 19.551.- Deberán ser proporcionadas al número de cuotas que cada socio sea titular en el momento que se acuerde hacerlas efectivas. Las cuotas suplementarias no integran el capital social hasta que la resolución social que las aumenta y las hace exigible sea inscripta.- Figurarán en el balance a partir de la inscripción.- CUARTO: Integración del Aporte en Especie.- Los socios Alberto Enrique GALLI (7232/10000), Liliana Mabel GARCIA de GALLI (692/10000), Esteban Alberto GALLI (692/10000), Mariana GALLI(692/10000) y Santiago GALLI (692/10000), cumplen ahora con la integración del valor de su aporte, haciéndolo en especie, por lo que por este acto TRANSFIEREN A TÍTULO DE APORTE a favor de “EL TEJADO S.R.L.”, la porción indivisa que cada uno es titular y se indica entre paréntesis, sobre los siguientes bienes raíces: 1) Unidad Funcional 1, Padrón A-110740. Polígono 00-01-Planta Baja- Destino: Local Comercial; Superficies Propias: Cubierta 64,74 m2; Total del Polígono 64,74 m2; Total de la Unidad Funcional: 64,74 m2; Porcentual 4,38%.- 2) Unidad Funcional 2, Padrón A-110741. Polígono 00-02 -Planta Baja- Destino: Local Comercial; Superficies Propias: Cubierta 49,93 m2; Total del Polígono 49,93 m2; Total de la Unidad Funcional: 49,93 m2; Porcentual 3,38%.- 3) Unidad Funcional 13, Padrón A-110752, Polígono 00-13 – Planta Baja- Destino: Garage; Superficies Propias: Cubierta 13,57 m2; Total del Polígono 13,57 m2; Total de la Unidad Funcional: 13,57 m2.; Porcentual 0,92%.- 4) Unidad Funcional 14, Padrón A-110753, Polígono 00-14-Planta Baja- Destino: Garage; Superficies Propias: Cubierta 13,42 m2; Total del Polígono 13,42 m2; Total de la Unidad Funcional: 13,42 m2; Porcentual 0,91%.- 5) Unidad Funcional 17, Padrón A-110756, Polígono 01-01-1º Piso- Destino: Oficina-Monoambiente; Superficies Propias: Cubierta 38,86 m2; Superficie Común de Uso Exclusivo: Balcón 1,30 m2; Total del Polígono 40,16 m2; Total de la Unidad Funcional: 40,16m2; Porcentual 2,72%.- 6) Unidad Funcional 18, Padrón A-110757, Polígono 01-02- 1º Piso- Destino: Oficina; Superficies Propias: Cubierta 37,09 m2; Total del Polígono 37,09 m2; Total de la Unidad Funcional: 37,09 m2; Porcentual 2,51%.- 7) Unidad Funcional 23, Padrón A-110762, Polígono 01-07 – 1º Piso – Destino Oficina; Superficies Propias: Cubierta 40,08 m2; Superficie Común de Uso Exclusivo: Balcón 1,30 m2; Total del Polígono 41,38 m2; Total de la Unidad Funcional: 41,38 m2; Porcentual 2,80%.- 8) Unidad Funcional 24, Padrón A-110763, Polígono 01-08 – 1º Piso- Destino: Oficina; Superficies Propias: Cubierta 40,08 m2; Superficie Común de Uso Exclusivo: Balcón 1,30 m2; Total del Polígono 41,38 m2; Total de la Unidad Funcional: 41,38 m2; Porcentual 2,80%.- Del plano resulta una Superficie de espacios comunes de uso exclusivo 01-01, 01-02, 01-07 y 01-08, 13,97m2.- El edificio tiene las siguientes Superficie Comunes.- Totales: Cubierta 209,93 m2, Semicubierta 97,02, Descubierta 88,52 m2, Superficie Cubierta, Comunes de Uso Exclusivo 41,38 m2, Muros y Tubos 208,89 m2, Superficie Libre Exterior 25,72 m2, Total 671,46 m2.- El terreno en el cual se asienta el edificio en propiedad horizontal al que pertenecen las ocho unidades funcionales descriptas se identifica con la siguiente NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción 1; Sección 15; Manzana 147; Parcela 24, Padrón A-110666, y de acuerdo al mismo Plano Nº 16431 tiene la siguiente extensión: Mide 24,90m. de frente al SUDESTE, por donde limita con calle Suipacha, una ochava de 4,01m.; 17,61m. de frente al SUD, por donde limita con calle Pedro del Portal, 25,00m. en el contrafrente OESTE, por donde limita con Parcela 23, y 30,96m., en el contrafrente NORTE, por donde limita con parte de la parcela 143, fracción IIIc., encerrando una superficie de 634,42m2.- El inmueble recién descripto fue sometido a la Propiedad Horizontal, mediante el Reglamento otorgado por escritura Nº 130, de fecha de hoy 06/11/2017, autorizada por el escribano Pablo Alfredo Benítez, Adscripto al Registro Nº 2 de esta provincia, cuya escritura matriz tuve a la vista y obra al Folio 177 del Protocolo a su cargo, por lo que se rogará la inscripción del presente título en forma simultánea, acorde con lo permitido por el art. 16 de la Ley 17.801, para los actos coetáneos.- VALOR ASIGNADO A CADA APORTE: Los socios aprueban el valor de los aportes en los siguientes montos: 1.- A la transferencia de la porción indivisa realizada por Alberto Enrique GALLI le asignan un valor de aporte $3.206.000, que sumado al aporte de $560.000 que ya tenía efectuado en el acto constitutivo de la sociedad, asciende a un total de $3.766.000.- 2.- A la transferencia de la porción indivisa realizada por la aportante Liliana Mabel GARCIA de GALLI le asignan un valor de aporte de $307.000, que sumado al aporte de $40.000 que ya tenía realizado en el acto fundacional de la sociedad, asciende a un total de $347.000.- Por último, a las porciones indivisas de los aportantes Esteban Alberto GALLI, Mariana GALLI y Santiago GALLI, le asignan un valor de aporte de $307.000 para cada uno respectivamente, que sumado al aporte que ya tenían efectuado al constituir la sociedad, cada uno tiene un total de $317.000.- Integración del Aporte en Efectivo.- Por último, la socia María Sofía GALLI, aporta en este acto la suma de $307.000 en dinero efectivo, que sumado al aporte que ya tenía al momento de la constitución de la sociedad, tiene un total aportado de $317.000.- A todo evento, declara la aportante que el origen de los fondos aquí aportados provienen de una donación manual dineraria que le efectuara su señor padre Alberto Enrique Galli, quien estando aquí presente ratifica lo expresado por su nombrada hija.- SEXTO: Alberto Enrique GALLI, Liliana Mabel GARCIA de GALLI, Esteban Alberto GALLI, Mariana GALLI, y Santiago GALLI, en virtud del aporte en especie aquí efectuado, transfieren a la sociedad adquirente EL TEJADO S.R.L., la plenitud de los derechos inherentes a la propiedad horizontal y a la posesión que sobre cada unidad funcional transferida tenían, obligándose a responder por evicción y redhibición y a su saneamiento conforme a derecho.- POR ESTE MISMO ACTO, Alberto Enrique Galli y Esteban Alberto GALLI, actuando ahora en su carácter de Socios GERENTES TITULARES, en nombre y representación de la sociedad adquirente “EL TEJADO S.R.L.”, prestan total conformidad y aceptan la transferencia del derecho real de la propiedad horizontal de cada unidad funcional verificada a favor de la sociedad que representan y AGREGAN: a) Que la posesión de cada inmueble ya se ejerce por estar cumplido el requisito de la tradición en el día de hoy.- b) Que la sociedad asume la obligación de pagar el impuesto inmobiliario, así como las tasas retributivas de los servicios municipales y de agua potable, incluidas las expensas comunes exigibles a la fecha, eximiendo a la Autorizante de toda responsabilidad al respecto.- Declaración Jurada Sobre la Condición de Persona Expuesta Políticamente.- (Ley Nº 25.246 – Resol. UIF 11/2011 y 21/2011 – Modif. 488/13 y Disp. Nº 446/2013).- Los comparecientes Alberto Enrique Galli, Liliana Mabel García de Galli, Esteban Alberto Galli, Mariana Galli, María Sofía Galli y Santiago Galli, dando cumplimiento a las disposiciones dictadas por la Unidad de Información Financiera, declaran bajo juramento que sus datos personales identificatorios son los consignados en el comparendo, los cuales son correctos y completos y fiel expresión de la verdad y que NO se encuentran alcanzadas ni incluidos dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” de la UIF, nómina que declaran conocer, denunciando el correo electrónico de la firma: eltejado@gmail.com.- Asimismo declaran que el orígen del dinero con el que han efectuado sus aportes es lícito y proviene de su actividad comercial.- Por último declaran que asumen el formal compromiso de informar cualquier variación o modificación que se produzca al respecto, dentro de los treinta (30) días de haberse producido, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- LEGITIMACIONES NOTARIALES.- Títulos: Los transmitentes Alberto Enrique Galli (7232/10000), Liliana Mabel García de Galli (692/10000), Esteban Alberto Galli (692/10000), Mariana Galli (692/10000) y Santiago Galli (692/10000), hubieron las porciones indivisas indicadas entre paréntesis, por compra efectuada a “JUMI S.R.L.”, mediante la precedente escritura Nº 334, de fecha de hoy 06-11-2017, autorizada por mí al Folio 1060, en acto simultáneo con la presente, por lo que se rogará la inscripción de su título en forma concomitante con esta escritura, acorde con lo permitido por el art. 16, inc. d) de la ley 17.801.- A su vez, le correspondió a la vendedora “JUMI S.R.L.” por los siguientes conceptos: 1.- Por compra efectuada a Marcelo Rubén Abraham, mediante escritura Nº 182, de fecha 11/06/2014, autorizada por el escribano Pablo Alfredo Benítez, Adscripto al Registro Nº 2.- 2.- Por compra efectuada a Zaida Alejandra Abraham, mediante escritura Nº 233, de fecha 23/07/2014, autorizada por el mismo escribano recién nombrado, ambos títulos constan inscriptos en el Registro Inmobiliario en la Matrícula A-85852.- Situación Registral: Acorde con lo permitido por el art.26 de la Ley 17.801, hago constar que con el CERTIFICADO Nº 15461, de fecha 23/10/2017, expedido para el escribano Pablo Alfredo Benítez, Adscripto al Registro Nº 2, el que tuve a la vista y en una fotocopia tengo agregado al Legajo de Comprobantes de la escritura que antecede y es concomitante a la presente, se acredita: Que consta el dominio inscripto a nombre de la empresa JUMI S.R.L. en la forma expresada, sin inhibiciones, estando los inmuebles objeto de esta escritura libres de embargos, hipotecas y de todo otro género de gravámenes, medidas cautelares o derechos reales limitativos.- Las unidades funcionales en conjunto tienen una valuación fiscal de $638.814, por lo que su Valor Inmobiliario de Referencia asciende a la suma de $1.277.628.- Impositiva: En cumplimiento a lo dispuesto por la ley 23.905, a los transmitentes les corresponde tributar la suma de pesos Sesenta y Seis Mil Quinientos Diez ($66.510) por aplicación del quince por mil sobre el valor asignado a la transferencia, importe que me es entregado en este acto para imputar su pago dentro del término de ley ante la AFIP.- LEIDA esta escritura, los comparecientes así la otorgan y firman por ante mí, doy fe.- ACT. NOT. A 00202459-ESC. MARIA SUSANA MACINA DE CARRERA- TIT. REG. Nº 32- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 12 de Septiembre de 2018.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO.-

17 SEPT. LIQ. Nº 15326 $350,00.-