BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 12/09/18

Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial  Nº 1 Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el C-070156/16 CARSA S.A. c/ RODRIGUEZ VERA HUGO ORLANDO” hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: “S. S. de Jujuy, 11 de julio de 2018.I- El informe actuarial que antecede, téngase presente. II.- Proveyendo a la presentación de fs.71, atento a lo informado precedentemente, notifíquese al demandado RODRIGUEZ VERA, HUGO ORLANDO, DNI. Nº 26.253.412 por medio de Edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 474 del C.P.C., la Resolución de fecha 14 de junio de 2017 y el presente. III.- Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos, se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobre y Ausentes que por turno corresponda (Art. 474 in fine del C.P.C.).-IV.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días. V.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C., impónese al solicitante la carga de confeccionar el mismo para su posterior control y firma. VI.- Notifíquese Art.154 del C.P.C.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez- Ante mi: Dra. Amelia del Valle Farfán. Prosecretaria. Proveído de fs. “San Salvador de Jujuy, 14 de junio de 2017.- Autos y Vistos:… Considerando: …Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CARSA S.A. en contra de RODRIGUEZ VERA, HUGO ORLANDO, D.N.I. 26.253.419, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Nueve Mil Cincuenta y Dos con Treinta y Cinco ctvos. ($9.052,35), aplicando al capital reclamado por la actora, el interés que se liquida por aplicación de la tasa activa, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05” (Sala I del Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: “Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro) y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora (02/02/15) y hasta el efectivo pago. II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, en la suma de Pesos Tres Mil Quinientos ($3.500,00), por la labor desarrollada en autos, como apoderado de la actora y que en caso de mora en el pago de los mismos, devengara los intereses conforme Tasa Activa de acuerdo a la citada Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia y enunciada precedentemente, con más I.V.A. si correspondiere. III.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). IV.- Notificar la presente resolución a la accionada en el domicilio real y las futuras por Ministerio de Ley. V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia. VI.- Firme la presente por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa. VII- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez- Ante mí: Dra. Amelia del Valle Farfán. Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, a los 08 días del mes de Agosto del 2018.

 

10/12/14 SEPT. LIQ. Nº 15140 $465,00.-