BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 10/02/17
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7- Secretaria N° 13, en el Expte, N° C-011969/13, caratulado Prepara vía Ejecutiva: Tarjetas Cuyanas S.A. c/ Héctor Javier Carrizo, se hace saber al demandado Sr. Carrizo Héctor, la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 21 de Abril de 2016,. Atento a lo solicitado a fs. 69 y a lo informado por la Actuaria precedentemente, hágase efectivo el apercibimiento decretado oportunamente en contra de Carrizo, Héctor Javier, D.N.I. N° 32.211.199, teniéndose por expedita la Vía Ejecutiva. En consecuencia, notifíquese por edictos a la parte demandada Carrizo, Héctor Javier que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 13, de la ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia y de conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 del C.P.C., intímese al accionado a depositar la suma de pesos doce mil quinientos ochenta y tres con 58/100 ctvos. ($12.583,58) en concepto de Capital, con más la de pesos tres mil setecientos setenta y cinco con 07/100 Ctvos. ($3.775,07) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. Asimismo, cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de cinco días, posteriores a la ultima publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada, que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaria del Juzgado, siendo los días de notificación Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Km. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem.- A tal fin publíquense edictos en un diario local y boletín oficial tres veces en cinco dias.- Se hace saber que la confección de la diligencia dispuesta precedentemente se encuentra a cargo de la parte interesada a tenor del cumplimiento de deber de colaboración (arts. 50 y 72 del C.P.C.), quien deberá acompañar el mismo para su confronte y firma por la actuaria.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C..- Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez-Ante Mi.- Dra. Luisa Carmen Burzmiñski- Secretaria Firma Habilitada.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (art. 152 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 23 de Junio de 2016.-
08/10/13 FEB. LIQ. 124780 $ 360,00.-