BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 04/05/09

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO N° 086/2009.-

PERICO, 31 MAR. 2009.-

VISTO:

La Ley Nacional Nº 26.495, por la que se convoca a elecciones de Diputados Nacionales y Senadores para el 28 de Junio del 2009.

El Decreto Provincial Nº 2862-G-09, por el que establece la adhesión a la Ley Nacional Nº 26495, por la que se convoca a elecciones para la renovación parcial de lo Poderes Legislativos de toda la provincia, para el 28 de Junio de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que, constituye facultad de este Departamento Ejecutivo la convocatoria a elecciones para la renovación de cargos municipales, en un todo de acuerdo con lo previsto en el Art. 190, de la Constitución de la Provincia de Jujuy y Art., 137 inc. ñ) de la Ley Orgánica de Municipio.

Que, tal como se establece en el decreto provincial Nº 2862-G-09, resulta adecuado y conveniente la realización conjunta y simultanea en el mismo día y en un mismo acto de las elecciones locales con las nacionales y provinciales, por cuanto concurren esenciales razones de orden económicas y consideraciones legales y fácticas y operativas.

Por ello y en ejercicio de las facultades otorgadas por la Constitución Provincial y la Carta Orgánica Municipal.

EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE CIUDAD PERICO

DECRETA:

ARTICULO 1°.– ADHIERESE, el Municipio de Perico, al Decreto Provincial Nº 2862-G-09 y CONVOCASE a los electores de la Municipalidad de Perico y a los extranjeros inscriptos en el Padrón Municipal, para elegir el día 28 de Junio del 2009, CUATRO (04) Concejales Titulares y TRES (3) Concejales Suplentes, conforme al sistema establecido en los Art. 54 concordantes y subsiguientes de la Ley 4164/85 modificada por Ley 4305/87.

ARTÍCULO 2º.- Remítase copia del presente al Gobierno Provincial, comuníquese al Tribunal Electoral Provincial y al Concejo Deliberante a los efectos pertinentes. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y en un diario local, Regístrese, cumplido ARCHÍVESE.

 

Ing. Rolando P. Ficoseco

Intendente

04 MAY. LIQ. Nº  $ 20,50.-