BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 03/09/18
Dra. María Cristina Molina Lobos, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6- Secretaría Nº 11, en el Expte. Nº C-099447/17, caratulado: “Ejecutivo: FRANCO OSCAR ADOLFO c/ CABRERA JIMENA ANALIA.-“ hace saber por este medio a la Sra. Jimena Analía Cabrera, que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente Sentencia que ha continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 25 de Junio de 2018.- Autos y Vistos:…Considerando:…Resuelve: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por OSCAR ADOLFO FRANCO en contra de la Sra. JIMENA ANALIA CABRERA, hasta hacerse el acreedor de íntegro pago de la suma de pesos trece mil setecientos ($13.700) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), desde la mora y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere. 2º) Imponer las costas a la parte demandada vencida (Art. 102 del C.P.C).- 3º) Regular los honorarios profesionales del letrado interviniente Dr. Juan Ernesto Nieto, en la suma de pesos cinco mil ($ 5.000) en el doble carácter, de conformidad a la doctrina legal de honorarios mínimos sentada por el Superior Tribunal de Justicia y a los nuevos montos fijados mediante Libro de Acordadas Nº 21, Fº 05/07 Nº 03 de fecha 26/02/2.018, fijados a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia hasta su efectivo pago más IVA si correspondiere.- 4º) Notificar por Edicto y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art. 154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. María Cristina Molina Lobos-Juez. Ante mí: Dra. Lucia Frías-Firma Habilitada.- Publíquense edictos en el boletín Oficial y un diario local por término de tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 11 de Julio de 2.018.-
03/05/07 SEPT. LIQ. Nº 15076 $465,00.-