BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 24/08/16
Contrato Privado de Transferencia Gratuita de Cuotas Sociales de “Carlos Barrionuevo e Hijos S.R.L.” Entre los señores Alejandro Barrionuevo, argentino, con documento nacional de identidad número 30.726.368, CUIL Nº 20-30726368-9, nacido el día 21 de enero de 1984, comerciante, soltero, por una parte; y por otra parte, María Belén Barrionuevo, argentina, con documento nacional de identidad número 29.527.732, CUIT Nº 27-29.527732-2, soltera, nacida el día 26 de mayo de 1982, de profesión nutricionista, ambos con domicilio en calle Zorrilla de San Martín 1897 del Barrio Alto Padilla de esta ciudad, convienen en celebrar el siguiente contrato privado de transferencia de cuotas sociales, el que se subordina a esta cláusulas: Primera: El señor Carlos Alejandro Barrionuevo, Alejandro Barrionuevo y Martín Barrionuevo, son titulares de la totalidad de las cien cuotas sociales que integran el capital de la razón social que gira en esta plaza bajo la denominación de CARLOS BARRIONUEVO E HIJOS S.R.L.”, en la proporción de ochenta cuotas el primero y diez cuotas cada uno de los restantes, según así resulta del contrato constitutivo de la misma, suscripto privadamente en fecha 29 de julio de 2003, inscripto en el Reg. Pub. de Comercio al folio 296, acta Nº 284, Libro II de S.R.L. y bajo asiento Nº 42. Fo. 346/350 al leg. VII, tomo II del Reg. de Esc. Mercantiles en fecha 3/9/2003, del contrato de venta de cuotas sociales y cambio de denominación a la actual “Carlos Barrionuevo E Hijos S.R.L.” de fecha 7 de agosto de 2006, inscripto en el Reg. Pub. de Comercio bajo asiento nº 54 al folio 297/300 del legajo IX, Tomo II de marginales del Reg. de Escrituras mercantiles de S.R.L. en fecha 20 de septiembre de 2006 y Reconducción de fecha 16 de noviembre de 2009, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo asiento nº 77 al Folio 408/421 del Legajo XII, Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 02 de diciembre de 2009.- Segunda: El señor Alejandro Barrionuevo transfiere a título gratuito a favor de doña María Belén Barrionuevo, quién acepta, la totalidad de las diez (10) cuotas sociales que tiene suscriptas del capital social de la firma Carlos Barrionuevo e Hijos S.R.L..- Tercera: Doña María Belén Barrionuevo, declara asimismo conocer y aceptar la documentación social de la que surge la exacta situación económica-financiera-patrimonial de la sociedad a la fecha del presente contrato, como así también el contrato social, cuyo texto ratifica expresamente.- Cuarta: Los señores Carlos Alejandro Barrionuevo, con DNI Nº 8.468.051 y Martín Barrionuevo, con DNI Nº 31.455.409, con el mismo domicilio que los otros otorgantes, titulares como se ha dicho de las restantes noventa cuotas sociales, expresan su conformidad a los términos de esta cesión de cuotas sociales.- Quinta: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes constituyen domicilio legal en los lugares consignados al comienzo y a tales fines se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de esta ciudad, renunciando a cualquier otro que les pudiera corresponder.- En fe de lo cual, se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los nueve días de mayo del año dos mil dieciséis.- ACT. NOT. Nº B 00233640, ESC. JORGE ALBERTO FRIAS, TIT. REG. Nº 35, S.S. DE JUJUY.-
Ordenes la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 8 de agosto de 2016.-
MARTA ISABEL CORTE
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
24 AGO. LIQ. Nº 123975 $200,00.-