BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 24/08/16

DECRETO Nº 1627-S/2016.- 

EXPTE. Nº 716-67/15.-

Agdo. Nº 716-588/15 y Nº 716-660/15.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 JUL. 2016.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ley Nº 5877,…

ARTÍCULO 2º.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ley Nº 5877,… ARTÍCULO 3º.-Designase a la Sra. ÁNGELA GABRIELA CORTEZ, CUIL 27-32215612-5, en el cargo categoría 13 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general, en la U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 4º.-Designase a la Sra. MARCELA FABIANA GUTIÉRREZ PUCA, CUIL 27-30150630-4, en el cargo categoría 13 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general, en la U. de O.:R2-02-04 Hospital “San Roque”, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 5º.-Designase al Sr. DAVID ARMANDO CORREA, CUIL 20-18247228-0, en el cargo categoría 13 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general, en la U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 6º.-Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, aceptase a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por el Sr. DAVID ARMANDO CORREA, CUIL  20-18247228-0, al contrato de locación de servicios que detenta en la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 7º.-Como consecuencia de lo dispuesto en el articulo 4º, aceptase a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la Sra. MARCELA FABIANA GUTIÉRREZ PUCA, CUIL 27-30150630-4, al reemplazo cumplido en el cargo categoría 13 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general, del Hospital “San Roque”, que tramita mediante Expte. Nº 716-149/15, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 8º.-La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida Presupuestaria, que a continuación se indica: EJERCICIO 2016: Con la respectiva partida de “gastos en personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”.-

ARTICULO 9º.-Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las transferencias de créditos presupuestarios que resulten necesarios a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.-

ARTÍCULO 10º.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR