BOLETÍN OFICIAL Nº 42 – 15/04/09

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

MINISTERIO DE GOBIERNO

COMISION MUNICIPAL DE MAIMARA

ORDENANZA Nº 037/2009.-

VISTO:

La necesidad de implementar un ordenamiento del transito vehicular que tienda a disminuir las infracciones que cometen los vehículos y la probabilidad de accidentes en el radio urbano de la localidad, calles, avenidas y, Ruta Nacional Nº 09, en el tramo comprendido desde el kilómetro Norte 1.772 hasta el kilómetro Sur 1.758 , jurisdicción de la Localidad de Maimará, teniendo en cuenta la excesiva velocidad con que se desplazan los vehículos por la zona urbanizada de la misma y el inminente peligro de accidentes para los que transitan o acceden a ella, además de otras faltas de transito cometidas y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario poner en práctica una serie de medidas por parte del gobierno local para regular la aplicación y los procedimientos, teniendo en cuenta la autonomía de este municipio;

POR ELLO

El honorable Consejo Comunal, de la Comisión Municipal de Maimará, sanciona la presente:

ORDENANZA

Articulo 1º): Ratificase que el ejido urbano local de la Comisión Municipal de Maimará, incluye el tramo de la Ruta Nacional Nº 9, desde el kilómetro Norte 10772 hasta el kilómetro Sur 1.758.- Teniendo en cuenta que el ejido urbano de la Comisión Municipal de Maimará, se incluye dentro de una zona de alto riesgo de accidentes, en la zona comprendida en Ruta Nacional Nº 9, se implementaran controles de transito vehicular.

Articulo 2º): Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Sala de sesiones Maimará, 22 Enero de 2.009.-

 

Javier Alejandro Quispe

Presidente

15 ABR. LIQ. 79964 $ 20,50.-