BOLETÍN OFICIAL Nº 39 – 06/04/09
MINICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY.-
DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA Nº 075-I.M/2009.-
SAN PEDRO DE JUJUY, 30 MAR. 2009.-
VISTO:
Que la Provincia de Jujuy adhiere al Decreto Acuerdo del PEN Nº 206/09 de fecha 19 de Marzo de 2009 mediante Decreto Acuerdo Nº 2861-H, de fecha 26 de Marzo de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el treinta por ciento 30% de las sumas que el Estado Nacional efectivamente percibe en concepto de derecho de exportación de soja será distribuido en forma automática entre las provincias que adhieran.
Que un treinta por ciento del total de fondo que perciba la Provincia de Jujuy en virtud de la adhesión, será distribuido entre Municipalidades y Comisiones Municipales que adhieran al DECRETO ACUERDO.
Que la distribución de fondos por parte de la Provincia a los Municipios será semejante a la que actualmente se distribuye en concepto por transferencia por coparticipación Municipal.
Que ante la falta de adhesión el resto de los Municipios acrecerán en proporción a su porcentaje de coparticipación.
Que la vigencia de efectuar esta adhesión por el presente Decreto de Necesidad y Urgencia, esta fundada en el hecho de que derivaran importantes beneficios para esta comuna, que permitirán el futuro financiamiento y consiguiente beneficio a todo el pueblo de la ciudad.
Que ante el receso del Concejo Deliberante, aguardar el reestablecimiento de la actividad legisferante, implicaría un grave perjuicio, por las razones apuntadas supra, por lo que la necesidad y urgencia imponen el dictado del presente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal vigente,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
en acuerdo de Secretarios
DECRETA:
Articulo 1º: ADHIERASE la MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY, al Decreto Acuerdo Nº 2861-H, de fecha 26 de Marzo de 2009, por el cual la Provincia de Jujuy adhiere al Decreto del PEN Nº 206/2009, de fecha 19 de Marzo de 2009.-
Artículo 2º: El presente Decreto de Necesidad y Urgencia será refrendado por los Señores Secretarios Municipales de Gobierno, Hacienda, Obras y Servicios Públicos y Desarrollo y Acción Social.
Artículo 3º: Regístrese, envíese copia al Concejo Deliberante para que de acuerdo al procedimiento de estilo elabore la Ordenanza de adhesión respectiva, publíquese y cumplido archívese.
Esteban Fado Zamar
Intendente
06 ABR. LIQ. Nº 79930 $ 20,50.-