BOLETÍN OFICIAL Nº 96 – 29/08/18
La Sala I del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Jujuy, en Expte. Nº 800-442-2016 Caratulado: “Tribunal de Cuentas de la Provincia de Jujuy: Nota Nº 2188/2016: Municipalidad de La Quiaca, Solicita Inspección de las Obras: Remodelación y Refuncionalización del Mercado Municipal y Construcción Casa Educativa Terapéutica (CET)” ha emitido la Resolución Nº 1383-S/I-2018 de fecha 24/04/2018 que expresa: Visto…Considerando…Resuelve: Artículo 1º: Instaurar el Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidad previsto en el Cap. XI de la Ley Nº 4376/88, en contra de los Sres. Guillermo Manino Ex-Secretario de Obras Públicas; por presunto daño patrimonial a la Municipalidad de La Quiaca, formulándoles cargos provisorios conforme el siguiente detalle: Sres. Guillermo Manino, por la suma de $59.965- valor histórico del ítem 4 c), firmantes del Cert. Nº 1, Etapa 1ra), Sr. Guillermo Manino, por la suma de $105.372- valor histórico de los ítems 4 a), 4 b) y 3 a), pagados dos veces y firmantes de los Certificados de Obra respectivos.-Artículo 2º: Correr vista a los citados en el Artículo anterior para que en el plazo de quince (15) días procedan a elevar los descargos que hagan a su defensa, bajo apercibimiento de continuar el procedimiento en rebeldía. Artículo 3º: Intimar a los Sres., Guillermo Manino a constituir Domicilio Legal dentro de las quince (15) cuadras del asiento de este Tribunal de Cuentas y denunciar Domicilio Real, haciéndoles saber que, caso contrario, se los tendrá por constituidos en Secretaría de este Organismo en donde se reputarán como válidas la totalidad de las notificaciones ulteriores, de conformidad a los Arts. 25º, 27º y cctes. de la Ley Nº 1886- de procedimiento Administrativo. Artículo 4º: Notifíquese a los responsables que las actuaciones estarán a su disposición en Secretaría Auxiliar I para su examen y fotocopiado a su cargo, en el horario de 7:30 a 12:30 Hs., por el término de quince (15) días, contados a partir de la notificación de la presente. En ningún caso podrán ser retiradas de la oficina conforme Art. 85 de la Ley Nº 1886. Artículo 5º: Notifíquese….Fdo. Dra. Mariana L. Bernal Cr. Rene Antonio Barrionuevo, Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia. Ante mí, Dra. Noemí H. Fernández, Secretaria de Actuación. Publíquese Edictos en un diario de circulación local y en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.-
29/31 AGO. 03 SEPT. LIQ. Nº 15101 $465,00.-