BOLETÍN OFICIAL Nº 95 – 27/08/18
Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 – Secretaría 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-258605/11 Caratulado: “EJECUTIVO: PALUE S.R.L. C/SALLENT, AUGUSTO-”, hace saber al Sr. Sallent Augusto la siguiente Resolución que ha continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 10 de Julio del 2.018.- Autos y Vistos: Resulta: Considerando: Resuelve: I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Sociedad Palue Sociedad de Responsabilidad Limitada en contra del SR. AUGUSTO SALLENT hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Tres Mil Cuatrocientos Veinte ($3.420) con más los intereses de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, Nº 235), desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.-II.-Imponer las costas a la vencida (Art. 102 C.P.C.).-III.-Regular los honorarios de los letrados intervinientes correspondiendo 1/3 para el Dr. Alejandro Atilio Bossatti y al DR. Raúl Sebastian Colqui en la suma de Pesos un Mil Seiscientos Sesenta y Seis con Setenta Centavos ($1.670) a cada uno respectivamente; 1/6 para la Dra. María Eugenia Del Carmen Martín Di Prieto y la Dra. Elsa Magdalena Gómez De La Torre en la suma de Pesos Ochocientos Treinta ($ 830.-) a cada uno respectivamente y por la labor profesional desarrollada en autos, Art. 10 de la Ley Nº 4764/94, conforme Acordada (L.A. Nº 21, Fº 05/07 Nº 03, 23/02/2018), por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), de fecha 11/5/2011), a excepción de los intereses punitorios siguiendo la doctrina del S.T.J. sentada en L.A. Nº 58 Fº 2005/2007 Nº 570, con más I.V.A. si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 10 en contra del SR. Augusto Sallent mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar. Fdo. Dra Marisa E. Rondon-Juez-Ante Mi Secretaria María Laura López Pfister.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- Pro-Secretaria: Secretaria María Laura Lopez Pfister.- San Salvador de Jujuy, 12 de Julio de 2.018.-
22/24/27 AGO. LIQ. Nº 14953 $465,00.