BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 24/08/18

Dr. Juan Pablo Calderón- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-279326/12 caratulado, “EJECUTIVO_ CREDINEA S.A. C/ ALTAMIRANO, HECTOR NORMANDO”, hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado la resolución que se transcribe a continuación: “San Salvador de Jujuy, 31 de Julio de 2.018. Autos y Vistos:…Resulta:…Considerando:…Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la firma CREDINEA S.A., en contra del Sr. HECTOR NORMANDO ALTAMIRANO hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos: cuatro mil quinientos setenta y dos con ochenta y dos ctvos. ($ 4.572,82.-), con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil), y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago. II.- Diferir la regulación de los honorarios de los letrados, hasta tanto se practique y apruebe planilla de liquidación conforme a las pautas establecidas en la presente Sentencia.- III.- Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- IV.- Firme la presente, intímase a la parte actora a practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia, en el término de cinco días, bajo apercibimiento de ley.- V.- Fecho, incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Notificar la presente resolución a la accionada en el domicilio real y las futuras por Ministerio de la ley.- VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón, Juez. Ante Mi Dra. María de los Ángeles Meyer, Firma Habilitada.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un diario local, tres veces en el término de cinco días.- Secretaria Nº 2, Dra. Maria de los Ángeles Meyer, Firma Habilitada.- San Salvador de Jujuy, 31 de Julio de 2.018.-

 

24/27/29 AGO. LIQ. Nº 14988 $465,00.-