BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 24/08/18

Cesión de Cuotas Sociales – En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 22 días del mes de febrero del
mil dieciséis, entre Juan Carlos Muller, argentino. Documento Nacional de  Identidad número 7.798.830, C.U.I.L. número 27-7798830-1, nacido el día 10 de Julio del año 1949, casado, de profesión médico, con domicilio en pasaje Francia número 1077, del Barrio Ciudad de Nieva, de ésta Ciudad; por una parte, y por la otra parte Juan Antonio Muller, argentino, Documento Nacional de Identidad número 25.141.539, C.U.I.L. número 20-25141539-1, nacido el día 28 de junio del año 1976, casado, con domicilio en Avenida Párroco Marshke número 570, departamento 3, “B” de esta Ciudad, convienen lo siguiente: PRIMERO: El señor Juan Carlos Muller, dice que es titular de doscientas (200) cuotas sociales, y que por éste acto vende, cede y transfiere, al señor Juan Antonio Muller, y éste acepta, la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponde.- Dichas cuotas le corresponden como socios en la razón social denominada “HUASI SALUD SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, C.U.I.T. número 3371087488-9, con domicilio legal y social en calle Alvear número 678, segundo piso, oficina 24, de ésta Ciudad que fuera constituida mediante instrumento privado de fecha 29 de enero del año 2009, con certificación de firmas formalizada en fecha 01 de febrero del año 2009, por ante la Escribana Laura Nora Viera de Orne, Titular del Registro Notarial número 39. de ésta Ciudad, inscripto ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, al Folio 139, Acta 139. del Libro III de S.R.L.; y Registrado con copia bajo Asiento 02, al Folio 5/9, al Legajo XIV, Tomo I, del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL., todo en fecha 18 de febrero del año 2009.- El total del capital social asciende a mil cuotas de Pesos cien ($100,ºº), cada una, representando un capital de Pesos cien mil ($100.000,ºº), que fuera suscripto e integrado en su totalidad.- SEGUNDO: El precio total y definitivo convenido por las partes para la presente compraventa de las cuotas sociales es de pesos cien mil ($100.000,00), suma que es abonada por la parte adquirente, en la proporción adquirida, de contado y en dinero efectivo en éste acto. Sirviendo el presente de formal recibo y formal carta de pago.- TERCERO: El señor JUAN CARLOS MULLER declara: a) Que no existe otro pasivo social exigible o no exigible, corriente o no corriente, era del que resulta de libro  documentación a la fecha b) que, toma a su cargo, dicho pasivos en especial, todo tipo impuestos, contribuciones fiscales y servicios de toda índole, nacionales, provinciales, municipales, ordinarios o extraordinarios, pendientes a la fecha, impuesto a las ganancias a los capitales. a ingresos brutos, como así también prestaciones previsionales cargas laborales y toda otra obligación que pudiera existir, derivada de hechos o actos jurídicos anteriores a la fecha del presente contrato, c) Que se responsabiliza por todo pasivo que sea derivado de causas anteriores a éste acto, d) Que se obliga a responder por evicción y vicios redhibitorios.-
CUARTO: El cedente manifiesta: Que tiene la libre disponibilidad y por tales declaraciones subroga, en las proporciones referidas, al cesionario, en todos los derechos y acciones inherentes en su calidad, con la facultad de ejercerlos que nace de este instrumento.- QUINTO: En virtud de la presente cesión el señor JUAN CARLOS MULLER, queda desvinculado de la sociedad, declarando que no tienen reclame alguno que formular a la misma, y que renuncia a todos sus derechos y aun a los beneficios sobre ejercicios anteriores.- SEXTO: Por su parte el señor JUAN ANTONIO MULLER, expresa su aceptación  con la transmisión efectuada a su favor, en los términos referidos, y que conoce todos los derechos y obligaciones que le competían al cedente por el contrato que se anuncia.- SEPTIMO: La presente Cesión deberá ser presentada al Registro Público de Comercio para su inscripción y toma de razón, anunciando la transferencia de cuotas sociales.- Se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. B 00220167 – ESC. RODRIGO JOSÉ SUEIRO Y SUEIRO –  TIT. REG. Nº 79 – S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 13 de agosto de 2018.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO.-

24 AGO. LIQ. Nº 15063 $230,00.-